PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 23 DE AGOSTO DE 1985
Visto:
El proyecto remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal; y,
Considerando:
Que los inmuebles de propiedad municipal carecen de todo uso actual, que se tratan de terrenos bajos anegadizos, por lo que no podrían ser incluidos en ninguna planificación de Obras Públicas o construcciones de viviendas.
Que con la venta de dichos inmuebles pueden adquirirse los terrenos ubicados al sur del Parque Industrial de Goya, que ya se hallan como "área de reserva" en el proyecto del Parque, considerándose de esa forma, que se trata de una inversión mucho más beneficiosa para la Comunidad de Goya.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Disponer la venta en pública subasta y al mejor postor de los siguientes inmuebles: Lote N° 41 propiedad municipal con una superficie de 94-12-04 hectáreas, inscripto en el Registro de la propiedad al Tomo 29, Folio 746, Finca N° 1.384, Año 1.912, Adrema I1-5477-2; y Lote N° 47 constante de 9-86-36 hectáreas de superficie de propiedad municipal inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble al Tomo 29, Folio 746, Finca N° 1.384, Año 1.912, Adrema I1-5690-2, correspondiente al Plano de Mensura N° 2.978 "N".
Art. 2 - Fijar como base de la subasta: ambos lotes en conjunto, en la suma de A 8.318,8.
Art. 3 - Fijar las siguientes condiciones de ventas:
a) 30% seña contado en dinero efectivo al finalizar la subasta.
b) Saldo dentro de los treinta días de aprobada la subasta por el Departamento Ejecutivo Municipal.
c) 3% comisión a cargo del comprador.
Art. 4 - La escritura traslativa de dominio se efectuará dentro de los 90 días de aprobada la subasta.
Art. 5 - El Martillero Público Señor Carlos María Díaz Colodrero tendrá a su cargo la referida subasta.
Art. 6 - El monto obtenido de la venta será destinado en primer lugar al pago de la indemnización acordada con la firma Mastellone Hnos. S. A. por la rescisión del contrato de venta con ella acordada, en 2do lugar a la adquisición del inmueble ubicado al sur del Parque Industrial de Goya y para ampliación del mismo y si ello no fuera posible o conveniente a los superiores intereses comunales a la compra de cualquier otro inmueble útil a los planes y proyectos municipales.
Art. 7 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, publíquese, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 20 días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cinco.