PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 29 DE AGOSTO DE 1985
Visto:
La solicitud del Señor Pedro Pablo Escobar, por la cual peticiona en arrendamiento una hectárea de Isla Municipal para la instalación y explotación de una fábrica de ladrillos, expediente Nº 345/E de fecha 2 de agosto de 1.985; y,
Considerando:
Que según lo informado a Fs. 1 por el Señor Medardo Enrique, encargado de Isla Municipal, el lugar solicitando en arrendamiento se halla libre de ocupantes.
Que asimismo, no existiendo impedimento legal que obste el arrendamiento solicitando y siendo conveniente a los intereses municipales, es aconsejables acceder a los solicitado.
Por todo ello, y en virtud de las disposiciones contenidas en el artículo 51 de la Ley Nº 2.498 y Ley Tarifaria vigente.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Otorgar en arrendamiento al Señor Pedro Pablo Escobar, D. N. I. Nº 11.801.937, con domicilio en el Barrio 9 de Julio, Manzana 2, Casa 6 de esta Ciudad de Goya; una porción de 1 (una) hectárea de Isla Municipal ubicada entre los siguientes linderos: Sur: Isla Municipal; Norte: José Verón; Este: Riacho Goya y al Oeste: más Isla Municipal; para la explotación de un a fábrica de ladrillos.
Art. 2 - El plazo de arrendamiento será de 3 (tres) años.
Art. 3 - Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el contrato de arrendamiento respectivo, en la forma de acuerdo a las disposiciones del Código Tarifario vigente.
Art. 4 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, publíquese, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 27 días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cinco.