ORDENANZA Nº 157

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 02 DE OCTUBRE DE 1985
Visto:

La solicitud de condonación al pago de la última cuota impaga por tasas de Retribución de Servicios del año 1.982, efectuada por la Señora Albina Villalba; y,

 

 

 

Considerando:

 

 

Que conforme lo dispuesto en el inciso 43 del artículo 51 de la Ley Nº 2.498, es facultad de este Honorable Concejo Deliberante la fijación de cuotas, tasas o escalas de contribución de los impuestos y tasas que corresponde aplicar a la Municipalidad.

 

Que la peticionante acredita en su presentación por una parte su estado de absoluta pobreza, y por la otra haber cumplido con cuatro de la cinco cuotas  pactadas, lo que demostraría la seriedad de su petición al quedar en claro que cumplió mientras pudo las obligaciones fiscales asumidas.

Que la situación de verdadera excepcionalidad que el caso plantea ya fue reconocido por el Departamento Ejecutivo Municipal al dictar la Resolución Nº 1.618 del 13 de junio próximo pasado por la cual exime del pago de tasas Municipales durante el año 1.985 a esta señora.

Por todo lo cual,

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN  CONCEJO
ORDENA:

 

 

Art. 1 - Condonar el pago de la quinta cuota adeudada por la Señora Albina Villalba por Retribución de Servicios del año 1.982 con relación al inmueble ubicado en la calle Moreno 824, Manzana G de esta ciudad.

 

 

Art. 2 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, publíquese, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

 

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 24 días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y cinco.

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