ORDENANZA Nº 472

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 13 DE MAYO DE 1991
Visto:

El Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal; y,


Considerando:

La solicitud de arrendamiento de un lote de Isla Municipal presentado por el Sr. Florencio Aquino, Expediente Nº 728/A/90.
Que según lo informado por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, el lote solicitado se encuentra libre de ocupantes.
Que no existen en consecuencia impedimentos legales para otorgar el arrendamiento solicitado, siendo esto conveniente a los intereses Municipales, haciendo lugar a lo peticionado.
Que asimismo el arrendamiento deberá cumplir los artículos 218, 219 y 220 del Título XIII - Libro II - Parte Especial del Código Tributario, Ordenanza Nº 123/85.
Por todo ello y en virtud de las disposiciones contenidas en el artículo 51 de la Ley Nº 2.498 y Código Tributario Parte Tarifaria vigente:


LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Otorgar en arrendamiento al Sr. Florencio Aquino, un lote de terreno de la Isla Municipal, consistente en una hectárea, lindando al Norte: Miguel Miño; al Oeste: Isla Municipal; al Sur: Sesario Sosa; y al Este: Riacho Goya, para fábrica de ladrillos.

Art. 2 - El plazo de arrendamiento será de dos (2) años.

Art. 3 - Ninguna mejora que introduzca el locatario será reconocida por la Municipalidad a la conclusión del contrato, a los efectos de indemnización o compensación, pudiendo el locatario retirarlas al desocupar el predio durante el curso del contrato o a la finalización del mismo.

Art. 4 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el contrato de arrendamiento en la forma y condiciones establecidas en el Código Tributario vigente.

Art. 5 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 7 días del mes de mayo de mil novecientos noventa y uno.

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