ORDENANZA Nº 783

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 19 DE MARZO DE 1997


Visto:

El Expediente Nº 479/96 del Honorable Concejo Deliberante, que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Regularización Situación de Terrenos Municipales (adjudicación en venta al Sr. Pedro Acevedo); y,


Considerando:

El Expediente Nº 543/A/96 por el cual el Señor Pedro Acevedo, solicita la compra del terreno donde se halla viviendo.

Que el inmueble solicitado se halla debidamente inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya.

Que el solicitante se halla viviendo e introdujo mejoras en el respectivo inmueble (Lote).

Que se halla dentro de las condiciones establecidas dentro de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada no existe impedimento para acceder a lo solicitado.

Por todo ello, y en virtud a las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal:


                                 LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Adjudicar en venta al Sr. Pedro Acevedo D. N. I. Nº 5.753.470, casado, domiciliado en Fray Luís Bolaños Nº 42, de esta Ciudad; el Lote Nº 11 de la Manzana Nº 96, constante de 8,00 mts. de Frente e igual Contrafrente por 28,00 mts. de Fondo e igual Contrafondo; lindando al Norte con los Lotes Nº 12, 13, 14 y fracción del Lote Nº 15 al Sur con el Lote Nº 10, al Este con la cortada Fray Luís Bolaños y al Oeste con el Lote Nº 19 con una superficie total de 223,98 mts.2, de acuerdo al duplicado de Mensura Nº 2.806-N. Inscripto (dentro de una mayor extensión) en el Registro de la Propiedad Inmueble - Corrientes, en el Libro Diario Nº 6.079 Matrícula 2.651, Departamento de Goya, en fecha 12/06/78; en la Dirección General de Catastro Corrientes, bajo Adrema I1-16636-1; y en Catastro Municipal Tº 42, Fº 16.349 Año 1.978.

Art. 2 - El precio de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Art. 3 - La Municipalidad de Goya no responderá por evicción ni vicios redibitorios.

Art. 4 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de Venta en la forma y condiciones establecidos en la presente Ordenanza, como así también agregar todo lo que sea en resguardo de los intereses municipales.

Art. 5 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a Firmar la pertinente Escritura Traslativa de Dominio, una vez abonado el total del precio establecido.

Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 19 días del mes de marzo de mil novecientos noventa y siete.

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