ORDENANZA Nº 625

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 20 DE SEPTIEMBRE DE 1994


Visto:

El Expediente Nº 214/94 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre transferencia gratuita a favor de la Municipalidad de Goya de la propiedad rural ubicada en la Tercera Sección del Departamento de Goya, Colonia Mercedes Cossio; y,


Considerando:

La Ley nacional Nº 24.146 del 24/09/92 (Ley Nacional de Transferencia de Tierra del Estado Nacional a Provincial, Municipal y Comunas).

Que en el Departamento de Goya existen terrenos que están comprendidos en los alcances de la Ley mencionada precedentemente.

Que la propiedad rural ubicada en la Tercera Sección, Colonia Mercedes Cossio del Departamento de Goya, que estaba ocupada por el disuelto I.FO.NA. que tenía en la misma plantaciones experimentales de pino, eucaliptos, etc. y viveros de especias aptas para la forestación.

Que hoy el predio se halla totalmente abandonado, siendo progresivo y acelerado el deterioro de las instalaciones, pudiéndose producir sustracciones en todas sus instalaciones.

Que en la misma Municipalidad de Goya puede realizar una intensa y variada labor que entre otros rubros mencionados:

a)      Siembra de viveros con plantas aptas para forestación y arborización de calles, plazas y paseos de la misma.

b)      Planificación y funcionamiento de una escuela agraria mediante la colaboración Nacional, provincial y/o de entidades privadas, cuya participación se solicitará oportunamente.

c)      Forestación con especies aptas para obtener la madera necesaria en la ayuda social brindada a las familias carenciadas para levantar sus viviendas.

Por todo ello:


LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las gestiones necesarias en base a lo que dicta la Ley Nº 24.146 del 24/09/92 (Ley Nacional de Transferencia de Tierras del Estado Nacional a Provincial, Municipal y Comunas) para que la propiedad rural, muebles e inmuebles, ubicada en la Tercera Sección Colonia Mercedes Cossio del Departamento de Goya, que estaba ocupada por el disuelto I.FO.NA., pasen a ser patrimonio de la Municipalidad de Goya.

Art. 2 - Que dicha propiedad será empleada para la instalación de un vivero Municipal, con plantas aptas para forestación y arborización de calles, plazas y paseos de la Ciudad de Goya. Que en la misma, se planificará y pondrá en funcionamiento una escuela agraria, solicitando la colaboración mediante la realización de convenios con Entes Nacionales, Provinciales o Privados que permitan un adecuado y eficaz funcionamiento de la misma.

Art. 3 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 14 días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y cuatro.

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