PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 08 DE JULIO DE 1998
Visto:
El Expediente Nº M/702/98 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre regularización de Terrenos Municipales (adjudicación en venta al Sr. José Ramón Efraín Martínez); y,
Considerando:
El Expediente "M/702/98" por el cual el Señor José Ramón Efraín Martínez solicita la compra del terreno donde se halla viviendo.
Que el inmueble solicitado se halla debidamente inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya.
Que el solicitante se halla viviendo e introdujo mejoras en el respectivo inmueble (lote).
Que se halla dentro de las condiciones establecidas dentro de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.
Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada no existe impedimento para lo solicitado.
Por todo ello, y en virtud a las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal vigente:
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Adjudicar en venta al Sr. José Ramón Efraín Martínez D. N. I. Nº 16.003.597, casado, domiciliado en calle Maestro Argentino Nº 885, de esta Ciudad; el Lote Nº 11 de la Manzana Nº 16, constante de 10,00 mts. de frente e igual contrafrente por 28,05 mts. de fondo e igual contrafondo; lindando al Norte: calle Maestro Argentino; al Sur: Lote Nº 23; al Este: Lote Nº 12 y al Oeste: Lote Nº 10, con una superficie total de 280,00 mts.2, de acuerdo al Duplicado de Mensura Nº 3.045-N. Inscripto (dentro de una mayor extensión) en el Registro de la Propiedad Inmueble Corrientes, en el Libro Diario Nº 13.390 Matrícula Nº 8.983, Departamento de Goya, en fecha 08/12/84; en la Dirección General de Catastro Corrientes, bajo Adrema I1-11325-1 (mayor extensión); y en Catastro Municipal Tº 49, Fº 20.751 Año 1.985.
Art. 2 - El precio de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.
Art. 3 - La Municipalidad de Goya no responderá por evicción ni vicios redibitorios.
Art. 4 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de Venta en la forma y condiciones establecidos en la presente Ordenanza, como así también agregar todo lo que sea en resguardo de los intereses Municipales.
Art. 5 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a Firmar la pertinente Escritura Traslativa de Dominio, una vez abonado el total del precio establecido.
Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 8 días del mes de julio de mil novecientos noventa y ocho.