ORDENANZA Nº 735

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 25 DE SEPTIEMBRE DE 1996


Visto:

El Expediente Nº 427/96 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Cesión en Uso de Un Local del Mercado Municipal a la Sociedad Argentina de Escritores (S.A.D.E.), Seccional Goya; y,


Considerando:

Que la S.A.D.E., Sección Goya es una institución sin fines de lucro que brinda hace más de Veinte Años a nuestra Ciudad, aportes al desarrollo y enriquecimiento de nuestra cultura.

Que el mencionado aporte se canaliza hacia los socios, a quienes nuclea, alimenta, asesora y promueve permanentemente; y hacia la ciudad, organizando actos para la presentación de libros, difusión escrita a través de reuniones denominadas "Cafés Literarios", presentación de pinturas, participación de simposios y reuniones literarias nacionales e internacionales, organización de concursos literarios y otras diversas actividades del quehacer cultural de nuestra ciudad.

Que la actividad de la S.A.D.E. es permanente y sus miembros y colaboradores realizan las distintas tareas gratuitamente en bien de todos.

Que muchas de ellas han sido declaradas de "Interés Municipal" por el Honorable Concejo Deliberante y/o el Departamento Ejecutivo Municipal.

Que sería importante a los fines de la vasta tarea cultural realizada por la S.A.D.E., Seccional Goya, contar con un local propio.

Que hasta el momento es un anhelo imposible porque los ingresos consisten solo en la mínima cuota societaria que aportan los escritores y algunos amigos de la institución.

Que existen proyectos inmediatos, talleres literarios para adolescentes y adultos y al rescate por escrito de recuerdos, tradiciones y saberes que pertenecen a nuestro acervo comunitario regional, lo que permitiría dejar constancia y afirmar nuestra identidad, para una segura integración al Mer.Co.Sur. y al Mundo sobre una sólida base de sustentación.

Que la "Casa de la Cultura" es espacio adecuado para algunas actividades de la S.A.D.E. que allí se realizan, pero esa casa no cuenta con espacio físico ni temporal para albergar todas las actividades de la institución.

Que por Ordenanza Nº 568/93 y sus complementarias 674/94 y 666/95 se dispuso la venta del Mercado Municipal, no teniendo hasta el momento concreción alguna.

Que existe como antecedente, la cesión en forma temporaria del uso gratuito de un Local al Centro de Jubilados y Pensionados Provinciales, los que cumplen allí una doble función social.

Por ello:


LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Conceder a la Sociedad Argentina de Escritores (S.A.D.E.), Seccional Goya, el uso gratuito de Un Local Externo del Mercado Municipal, situado en la intersección de las calles Belgrano y Juan Esteban Martínez, hasta el 31 de diciembre de 1.996.

Art. 2 - La S.A.D.E., Seccional Goya, deberá desocupar el inmueble en caso de necesidad dentro de las Cuarenta y Ocho Horas (48) de notificada, aún antes del plazo establecido en el artículo anterior.

Art. 3 - La cesionaria se hará cargo de los gastos que erogue la presente, incluyendo la provisión del servicio de agua potable y cloaca, energía eléctrica, aseo y conservación del local y todo lo necesario.

Art. 4 - Encomendar al Departamento Ejecutivo Municipal para que suscriba el Contrato respectivo y adoptar los recaudos legales que fueran menester para resguardar los intereses del Municipio en juego y asegurar el fiel cumplimiento del objetivo que ilustra el proyecto.

Art. 5 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 25 días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y seis.

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