ORDENANZA Nº 884

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 28 DE NOVIEMBRE DE 1997


Visto:

El Expediente Nº 441/96 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Obras de Mantenimiento de Calles Pavimentadas de la Ciudad; y,


Considerando:

Que es progresivo el deterioro que se viene produciendo en los últimos años en distintas calles pavimentadas de nuestra ciudad, lo que en gran medida obedece a la pauta de un mantenimiento y control adecuado por parte del Municipio.

Que los trabajos de mantenimiento de las arterias pavimentadas de la Ciudad, contribuyen a mejorar la calidad de vida de sus habitantes y adquieren vital importancia en las relaciones sociales económicas.

Que las juntas de dilatación de los pavimentos de Hº Aº que separan los paños del mismo, cumplen dos funciones de absoluta importancia y que inciden profundamente en la conservación de los mismos, posibilitando no solo la absorción de los movimientos de contracción y dilatación del Hº Aº, sino también el sellado hermético de las juntas impidiendo de esa manera la filtración del agua a través de ellas.

Que esa filtración tiene en el transcurso de un corto plazo, un efecto absolutamente nocivo para la buen conservación de las calzadas, provocando desmoronamientos subterráneos (imperceptibles a simple vista), que inmediatamente dan lugar a los hundimientos y grietas de considerable magnitud, que terminan transformándose en graves problemas, cuya solución demanda luego, gastos y esfuerzos muchos mayores que si se realizaran los trabajos de prevención necesarios.

Que se observan actualmente en toda la ciudad, desplazamientos y hundimientos importantes, los que en gran parte podrán evitarse tomando a tiempo las medidas pertinentes para paliar esos negativos efectos.

Que la Municipalidad de Goya, debe agotar los recursos para mantener el buen estado de conservación de las calles pavimentadas existentes.

Por todo ello:


                                 LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - El Departamento Ejecutivo Municipal dará inicio en el transcurso de los próximos 60 días y durante el tiempo que resulte necesario, un plan de trabajos destinados a Reparar y Acondicionar las Juntas de Dilatación y Contracción del Pavimento Urbano en todas las calles pavimentadas comprendidas dentro del área urbana consolidada del Municipio.

Art. 2 - Estos trabajos se realizarán de acuerdo a las prácticas habituales, utilizando materiales fusibles por calentamiento, que acompaña los movimientos con la plasticidad adecuada, y que por experiencia hecha, son los recomendados y de menor costo para realizar este tipo de obras.

Art. 3 - Encomendar al Departamento Ejecutivo Municipal una vez finalizados los trabajos ordenados en los artículo 1 y 2, se implemente un cronograma específico de tareas relacionadas - exclusivamente - al Mantenimiento adecuado y Control período de las Juntas de Contratación y Dilatación del Hº Aº que conforman las calzadas del toda el área pavimentadas en la Ciudad de Goya. Cronograma que será elevado al Honorable Concejo Deliberante.

Art. 4 - El mismo tratamiento deberá dársele (en los casos que fuera posible y en su profundidad y características lo permitan), a las resquebrajaduras y/o grietas existentes.

Art. 5 - Los fondos que se utilicen para la concreción de esta obra serán afectados a las Partidas 6.03.2.3.04.00 (Bacheo) y 6.03.2.3.07.00.

Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 28 días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y siete.

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