ORDENANZA Nº 956

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 23 DE SEPTIEMBRE DE 1998


Visto:

El Expediente G/407/97, por el cual la Sra. Ramona Manuela Gómez, solicita la compra del terreno donde se halla viviendo, y los términos de la Ordenanza Nº 723/96 y su modificatoria 895/97.


Considerando:

El expediente "G/407/97" por el cual la Sra. Ramona Manuela Gómez, solicita la compra del terreno donde se halla viviendo.

Que el inmueble solicitado se halla debidamente inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya.

Que el solicitante se halla viviendo e introdujo mejoras en el respectivo inmueble (lote).

Que se halla dentro de las condiciones establecidas dentro de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada no existe impedimento para lo solicitado.

Por todo ello, y en virtud a las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal vigente:


                                 LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Adjudicar, en venta a la Sra. Ramona Manuela Gómez, L.C. Nº 4.987.828, soltera, domiciliada en calle Tucumán Nº 29, de esta ciudad; y con carácter de excepción la fracción de terreno de la Manzana Nº 284 del Plano Oficial de la ciudad, de acuerdo al Duplicado de Mensura y División Nº 4.945-N aprobado en fecha 16/12/97, por la Dirección General de Catastro - Corrientes, hallándose dentro de los siguientes Límites y Linderos al Norte: una línea de 30,61 mts., al Sur: una línea de 30,61 mts. lindando con terreno de propiedad presuntamente Municipal (ocupado por Ismael López), Este: una línea de 9,00 mts. lindando con terreno de propiedad presuntamente Municipal (ocupado por la Asociación Mutual del Personal Telefónico de Goya); y al Oeste: una línea de 9,00 mts. lindando con calle Tucumán (tierra). Con una superficie total de 275,40 mts.2. Inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble Corrientes. Bajo Libro Diario Nº 5.587 - Folio Real Matrícula Nº 15.240 Departamento Goya - en fecha 07/04/98; en la Dirección General de Catastro, bajo Adrema: 11-24116-1 y en Catastro Municipal Tº 62 Fº 26.467 en fecha 24/07/98.

Art. 2 - El precio de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Art. 3 - La Municipalidad de Goya, no responderá por evicción ni vicios redhibitorios; en los términos del artículo 11 de la Ordenanza Nº 723/96.

Art. 4 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de Venta, en la forma y condiciones establecidas en la presente Ordenanza, como así también agregar todo lo que sea en resguardo de los intereses Municipales.

Art. 5 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar la pertinente escritura traslativa de dominio una vez abonado el total del precio establecido.

Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 23 días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y ocho.

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