ORDENANZA Nº 1.001

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 21 DE ABRIL DE 1999
Visto:

El expediente Nº 787/99 del Honorable Concejo Deliberante, que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Regularización Situación Terreno Municipal, Adjudicación en Venta al Señor Carlos Daniel Merello;


Considerando:

El expediente "M/155/98" por el cual el señor Carlos Daniel Merello, solicita la compra del terreno donde se halla viviendo.

Que el inmueble solicitado se halla debidamente inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya.

Que el solicitante se halla viviendo e introdujo mejoras en el respectivo inmueble (lote).

Que se halla dentro de las condiciones establecidas en la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada no existe impedimento para lo solicitado; insistiendo el cumplimiento por parte del comprador del nivel de cota fundacional conforme a la Ordenanza respectiva.

Por todo ello, y en virtud a las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal vigente:


 LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Adjudicar en venta al señor CarLos Daniel Merello, D.N.I. Nº 14.261.501, con domicilio en calle 25 de Mayo Nº 1.055 de esta ciudad, la fracción de terreno de la Manzana Nº 351 del Plano Oficial de la ciudad, de acuerdo al Duplicado de Mensura y División Nº 4.965-N, Lote Nº 005 (según Catastro Corrientes) en fecha 07/04/98; hallándose dentro de los siguientes Límites y Linderos: al Norte: una línea de 8,95 mts. lindando con calle 25 de Mayo; al Sur: una línea de 9,40 mts., lindando con el Círculo de Suboficiales de Prefectura Naval Argentina; al Este: una línea de 28,60 mts., lindando con terreno de propiedad presuntamente Municipal;.; y al Oeste una línea de 27,80 mts., lindando con terreno de propiedad del señor Carlos L. Teodoro Loos. Con una superficie total de 258,27 mts2. Inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble- Corrientes. Bajo Libro Diario Nº 20.484 Folio Real - Matrícula N 15.663 - Departamento Goya - en fecha 30/10/98; en la Dirección General de Catastro, bajo Adrema: 11-24163-1 y en Catastro Municipal Tº 63 - Fº 26.85 1, en fecha 12/02/99.

Art. 2 - El precio de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Art. 3 - La Municipalidad de Goya, no responderá por evicción ni vicios redhibitorios.

Art. 4 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de Venta, en la forma y condiciones establecidas en la presente Ordenanza, como así también agregar todo lo que sea en resguardo de los intereses Municipales.

Art. 5 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar la, pertinente escritura traslativa de dominio una vez abonado el total del precio establecido.

Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 21 días del mes de abril de mil novecientos noventa y nueve.

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