ORDENANZA Nº 092

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 10 DE DICIEMBRE DE 1984
Visto:

Las solicitudes de escrituración presentadas por las Señoras Blanca Zabala de González y Nilda Lucía González, de los Lotes Nº 7 y 8 respectivamente de la manzana Nº 155/b, Expedientes Nº 601 y 600 Letras A; y,

 

 

 

Considerando:

 

 

Que las solicitudes de compra tuvieron entrada el 13/11/79, bajo la vigencia de la Ley Nº 3.454.

 

Que el trámite impreso en los precitados expedientes no adolecen de irregularidades, habiéndose omitido únicamente el dictado de las respectivas Resoluciones de adjudicación conforme lo informado por la Oficina de Despacho.

Que la omisión antes indicada, no puede ser imputable a las adquirentes y sí exclusivamente a la autoridad administrativa.

Que la Ley Nº 3.926/84, recientemente sancionada, autoriza la venta directa de los inmuebles, lo que importaría, de declararse la nulidad de las ventas, un desgaste administrativo dispendioso que en definitiva tendría idéntico resultado de autorizarse la escrituración a favor de las adquirentes.

Por todo ello,

 

 

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 

ORDENA:

 

Art. 1 - Adjudicar a doña Blanca Zabala de González  y Nilda Lucía González, los Lotes Nº 7 y 8 respectivamente de la manzana Nº 155/b adquirido a la Municipalidad de Goya según boleto de compra-venta de fecha 16 y 17 se septiembre de 1.980 respectivamente.

Art. 2 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal la escrituración de los inmuebles indicados en el artículo 1 a favor de las adquirentes.

Art. 3 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, publíquese, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 4 días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro.

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