ORDENANZA Nº 1.747

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 29/07/2014


V I S T O:
Las notas remitidas al Ejecutivo Municipal por el Secretario de Energía de la Provincia de Corrientes Ingeniero  JUAN MARCELO GATTI el 18 de junio del corriente año; la Ordenanza  Municipal N° 1.478 promulgada el 23/12/2009; y lo dispuesto por el artículo 78 incisos 39 y 44 de la Carta Orgánica Municipal de Goya. Y; ;


C O N S I D E R A N D O:


Que por las notas mencionadas en el “VISTO” el Secretario de Energía de la Provincia de Corrientes  Ingeniero JUAN MARCELO GATTI da cuenta al Ejecutivo Municipal de Goya de los motivos que provocaron demoras en la construcción de la nueva Estación Transformadora Goya Oeste, obra a cargo del Gobierno Provincial;; menciona el detalle de lo realizado hasta la fecha para el acondicionamiento del terreno donde se emplazará y solicita la ampliación de la superficie conferida con anterioridad, aduciendo razones de seguridad para las instalaciones a construirse, teniendo en cuenta la vulnerabilidad que representa la construcción en su proximidad del terraplén de las Defensas Definitivas contra Inundaciones del Rio Paraná. Asimismo hace referencia al Artículo 2° de la Ordenanza Municipal 1.478/2009, donde se prevé que la Donación del terreno quedara sin efecto de pleno derecho en caso de no ser construida la Estación ET 132 CV GOYA OESTE en el plazo de dos años, circunstancia en que el inmueble debería ser restituido al dominio Municipal; plazo que se ha cumplido y situación de la obra a la fecha. Del análisis de los antecedentes relativos al tema resulta que la Donación prevista en la Ordenanza N° 1.478/2009 no se sustanció por Escritura Pública.

Que las superficies solicitadas por la Secretaria de Energía de la Provincia de Corrientes para la ejecución de la obra comprenden a) la Parcela 7 Identificada en el Plano de la Mensura n° 6.143-N,  con superficie de 12.214,06 m2 INSCRIPTA en mayor extensión en el Registro de la Propiedad Inmueble al Folio Real Matricula N° 7.013 Departamento Goya  N°4.541 año 1.983 identificada en la Dirección General de Catastro de Corrientes bajo Adrema: I1-05666-2, y b) parte de la superficie asignada a una calle proyectada, que se define en el Proyecto de Mensura confeccionado por el Agrimensor Ángel Luis Monje, al efecto, como Parcela I del plano cuyo objeto es la División de la Fracción V en base a la Mensura de 1.961-N con superficie de 2.000 M2, INSCRIPTA en mayor extensión  en el Registro de la Propiedad Inmueble al Folio Real Matricula N° 7.013 Departamento Goya N° 4.541 año 1.983.

Que a los fines de la donación de parte de un inmueble destinado, en el plano de la Mensura N° 6.143-N, a calle publica, corresponde la desafectación del uso atribuido y necesario el distado de una Ordenanza que así lo disponga. Al afecto se cuenta con dictamen favorable de la Dirección de Planificación Física de la Secretaria Municipal de Planeamiento, que se agrega a sus efectos a los fines de posibilitar la individualización del inmueble se ha practicado por el Agrimensor Ángel Luis Monje el Proyecto de Mensura, cuya aprobación se tramitará ante el órgano de contralor, a los efectos de otorgarse la Donación peticionada siendo necesario al efecto el dictado de una Ordenanza.

Que es de vital importancia para el Municipio de Goya y su zona de influencia la construcción de la Estación Transformadora “ET GOYA OESTE” que permitirá el acceso a la energía que producirá la LAT 132 KV, Interconexión del Anillo Energético MERCEDES-GOYA, obra ejecutada por el Gobierno Nacional, cuya conclusión se prevé para los próximos meses, razones por lo que se encuentran plenamente justificados los actos que se disponen por la presente Ordenanza.

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A:

ARTICULO 1º: Desafectar del destino de uso para calle pública a parte de la Parcela V del Plano de Mensura N° 2.961-N, que en el Proyecto de Mensura confeccionado por el Agrimensor Ángel Luis Monje cuyo objeto es: División de la Fracción V  en base a la Mensura N° 2961-N, se describe como Parcela I constante de VEINTE METROS en sus linderos  Norte y Sur, y de CIEN METROS en su lado Este y Oeste, lo que hace la superficie total de DOS MIL METROS CUADRADOS, lindante al Norte camino público, al Sur Parcela II  del mismo Proyecto de Mensura, al Este: S/mra y S.Div. Municipalidad de Goya al Oeste S Mra. Y S/Div. Cooperativa de Tabacaleros de Ctes. INSCRIPTO: en mayor extensión en el Registro de la Propiedad Inmueble de Corrientes al Folio Real Matricula N° 7013- Departamento Goya N°4541 año 1.983.-


///Corresponde a la Ordenanza Nº 1.747


ARTICULO 2º: AUTORIZAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL a DONAR al ESTADO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES- SECRETARÍA DE ENERGÍA DE CORRIENTES con destino a la construcción de la Estación Transformadora 132 KV GOYA OESTE, los inmuebles que a continuación se describen: a) parte de la Parcela V del Plano de la Mensura N° 2.961-N, que en el Proyecto de Mensura confeccionada por el Agrimensor Ángel Luis Monje, cuyo objeto es División de la Fracción V en base a la Mensura N° 2961-N, se describe como Parcela I constante de VEINTE METROS en su lindero Norte y Sur, y de CIEN METROS en sus lados Este y Oeste, lo que hace la superficie total de DOS MIL METROS CUADRADOS, lindante al Norte camino público, al Sur Parcela II del mismo Proyecto de Mensura, al Este: S/mra y S.Div. Municipalidad de Goya al Oeste S Mra. Y S/Div. Cooperativa de Tabacaleros de Ctes. o lo que en definitiva resulte el plano aprobado por la Dirección General de Catastro y Cartografía de Corrientes, INSCRIPTO: en mayor extensión en el Registro de la Propiedad Inmueble de Corrientes al Folio Real Matricula N° 7013-N°4541 Departamento Goya, año 1983;y b) la PARCELA 7 del Duplicado de Mensura 6.143-N Polígono A-F-G-H-I-J-A” constante del punto A al F, línea en dirección Este a Oeste, donde linda con Camino al Cementerio (tierra) de CIENTO CUARENTA METROS; del punto F al G línea en dirección Norte a Sur, que su limite al Oeste donde linda con s/div. Calle sin nombre, hoy Parcela I detallada en el punto a) del presente, constante de CIEN METROS; del punto G al H línea en dirección Oeste a Este, que es parte de su límite al Sur y donde linda con Parcela 6 del mismo plano de mensura, constante de CIENTO ONCE METROS CON NOVENTA Y OCHO CENTIMETROS; del punto H al I, línea de dirección Sur a Norte, que es parte de su límite a la Este, constante de SESENTA Y SEIS METROS CON OCHO CENTIMETROS, y del punto I al J línea en dirección Oeste a Este, que es parte de su límite al Sur, constante de VEINTICUATRO METROS; todo lindante del punto H al J con Parcela 2 del mismo plano de Mensura; y de punto J al A cerrando la figura, línea en dirección Sur a Norte, que es parte de su límite al Este, constante de TREINTA Y CUATRO METROS; Lo que hace la superficie total de DOCE MIL DOSCIENTOS CATORCE METROS CUADRADOS, CON SEIS DECIMETROS CUADRADOS; INSCRIPTO: en mayor extensión y según estudios de títulos: en el Registro de la Propiedad Inmueble al Folio Real Matricula N°7013 Departamento Goya- N° 4541 año 1.983. En ambos casos con cláusula de reversión del dominio, en el plazo de dos años a contar desde la suscripción de la Escritura Pública que plasmara la aceptación de la Donación, en el caso de no ejecución de la obra. A esos efectos se lo faculta también a suscribir las Escrituras Públicas que resulten necesarias al afecto con las cláusulas de estilo, por ante el Notario que disponga el Gobierno Provincial autorice el acto y con gastos y honorarios a cargo de este.-

ARTICULO 3º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los dos días del mes de Julio de dos mil catorce.-

 

Dr. Gerardo Luis  Urquijo
Secretario

 

 


        

Dr. Carlos Alberto Rajoy
Vice PRESIDENTE 1º
a/c presidencia

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