ORDENANZA Nº 1.675

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 21/02/2014 

V I S T O:
El expediente Nº 2.046/13 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “REORDENAMIENTO VEHICULAR Y ESTACIONAMIENTO DEL VEHICULOS EN CALLES ENTRE RIOS  Y BAIBIENE DE LA CIUDAD DE GOYA”. Y; ;


C O N S I D E R A N D O:

Los Artículos 47 inciso 5, 49 inciso 2 y 78 inciso 35 de la Carta Orgánica Municipal y la necesidad de reglamentación en la circulación y estacionamiento de vehículos en calles Entre Ríos (entre Bolivia y Avenida Caá Guazú), y Baibiene (entre Caá Guazú y Bolivia) de nuestra ciudad.

Que es necesario establecer mediante Ordenanza la circulación y estacionamiento de vehículos en calles Entre Ríos (entre Bolivia y Caa Guazú) y Baibiene (entre Caá Guazú y Bolivia) de nuestra ciudad.

Que estas arterias de la ciudad de Goya en la actualidad se encuentran pavimentadas, lo que ocasiona una mayor fluidez del tránsito y hace necesario establecer el sentido de circulación y estacionamiento de vehículos para evitar inconvenientes de tránsito.

Que estas calles son paralelas lo que hace necesario establecer un solo sentido de circulación en ambas calles con medidas que contribuyan a optimizar la circulación del tránsito en el lugar.

Que por Ordenanza Nro. 1336/06, se establece el estacionamiento vehicular sobre mano derecha, lo que representa al darle un sentido de circulación a esta calle, establecer el correspondiente estacionamiento en las mismas de acuerdo a la ordenanza mencionada.

Que corresponde mantener el sentido de circulación de las mismas: calle Entre Ríos (de Oeste a Este) y Baibiene (de Este a Oeste) en toda su extensión.

Por todo ello.

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO


O R D E N A:


ARTICULO 1º: Establecer la circulación de las calles: Entre Ríos, sentido Oeste a Este en toda su extensión, y Baibiene, sentido Este a Oeste en toda su extensión. Disponer el Estacionamiento sobre el lado derecho de la calzada en estas calles de la ciudad de Goya.-

ARTICULO 2º: La Dirección de Transito Municipal controlará el estacionamiento y circulación en estas arterias.-

ARTICULO 3º: La señalización dispuesta en la presente estará a cargo de Inspección General.-

ARTICULO 4º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los cinco días del mes de Junio de dos mil trece.-

 

Dr. Gerardo Luis  Urquijo
Secretario

 

        


Escr. Marta A. Reyes Letellier
Vice Presidente 1º
A/c presidencia

n.r.
 

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