ORDENANZA Nº 1.949

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 19/07/2017

V I S T O:

El expediente Nº 2.631/17 que contiene un Proyecto de Ordenanza sobre “Programa Educativo: “Conociendo el Patrimonio Urbano-Arquitectónico de Goya”.Y; ; ;

 

C O N S I D E R A N D O:

 

La ORDENANZA 1155/03 creando el Registro del Patrimonio Histórico Cultural de Goya, el artículo 78º inciso 25 de la Carta Orgánica Municipal, la definición elaborada por la Conferencia Mundial de la UNESCO sobre el Patrimonio Cultural.

Que la relación entre el patrimonio histórico cultural y la educación, está dirigida hacia la revalorización de los bienes patrimoniales y a su utilización como recurso educativo.

Que resulta de suma importancia la valoración y adecuación del patrimonio arquitectónico para un provechoso uso social y más concretamente, en la posibilidad de convertir los bienes patrimoniales en auténticos y poderosos recursos al servicio de la escuela y por lo tanto, al servicio de la educación.

Que el Municipio como política de estado debe transformar estos bienes en conjuntos patrimoniales para uso educativo, demostrando una verdadera decisión de potenciarlos orientando su tratamiento hacia una valoración social y a su utilización en la educación, acompañado esto por planes de conservación.

Que a tales fines se deben organizar en conjunto con las escuelas primarias, recorridas por los diferentes inmuebles los cuales integran el Registro del Patrimonio Histórico y Cultural de Goya.y contarles a los alumnos la historia de cada uno de esos sitios, familias que los habitaron, sus diferentes usos durante el tiempo y cualquier otra referencia histórica de importancia que sirva para referenciar el lugar por parte de los estudiantes y llevar a cabo una valoración del espacio y de la construcción que están observando.

Que a su vez, se deberá gestionar que en algunos de los sitios nominados, se permita visitar su interior, lo cual brindaría una noción más acabada de su importancia como patrimonio urbano-arquitectónico, de nuestra ciudad.

Que el patrimonio cultural, debidamente comunicado, deberá ser un elemento clave para la formación integral de la persona, para su desarrollo intelectual y como elemento propiciador de la interacción y cohesión social.

Que el Municipio a través de las áreas correspondientes deberá llevar a cabo esta iniciativa mediante la modalidad de programa, e implementarlo todos los años con los alumnos de las escuelas primarias, esencialmente de tercer grado, momento en que la currícula incluye la historia de nuestra ciudad.

Que teniendo en cuenta que existe en la ciudad de Goya, una abundante cantidad de inmuebles los cuales poseen un valor superlativo, a los fines de poder lograr el objetivo planteado en el presente instrumento, como referencias inevitables para dicho recorrido podemos enumerar a título ejemplificativo: Escuela Normal Mariano I. Loza, Biblioteca Popular Sarmiento, Casa de la Cultura, Iglesia Catedral Nuestra Señora del Rosario, Teatro Solari, Teatro Vocacional Candilejas, Sociedad Italiana, Club Social Argentino, Club Español, residencia sita en la intersección de las calles San Martín y Corrientes (familia Garnero); entre otras.

Que el Municipio cuenta con un colectivo para llevar a cabo el recorrido y personal capacitado para llevar adelante el programa.

 

///Corresponde a la Ordenanza Nº 1.949

Que con la implementación de este Programa, estaremos contribuyendo con la educación de nuestros niños, en lo referente a la historia de nuestra ciudad y también a la preservación del patrimonio urbano.

 

Por ello.

 

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 

 

O R D E N A:

 

ARTICULO 1º: El Departamento Ejecutivo Municipal, implementará el Programa Educativo: “Conociendo el Patrimonio Urbano-Arquitectónico” mediante el cual se proceda a suscribir acuerdos con las áreas de Educación de la Provincia de las que dependen las escuelas públicas y privadas, a los fines de implementar un recorrido histórico educativo por las diferentes residencias erigidas en nuestra ciudad, que integran el “Registro de Bienes Inmuebles declarados Patrimonio Histórico”, o que por sus característica posean un valor excepcional desde el punto de vista de la historia, del arte, de la vida económica y social, de la cultura y por lo tanto sean dignos de ser conservados.

ARTICULO 2º: De cada uno de los inmueble escogidos y en el sitio, los alumnos accederán a una reseña histórica de las residencias, sus características, estilos arquitectónicos y quienes la proyectaron, quienes levantaron la construcción, quienes las habitaron y cuáles fueron sus diferentes usos en el tiempo y en la actualidad.

ARTICULO 3º: La autoridad de aplicación de la presente Ordenanza será la Dirección Municipal de Cultura.

ARTICULO 4º: Dentro del presupuesto anual de la Secretaría de Gobierno se asignarán los fondos pertinentes para el sostenimiento y funcionamiento del Programa.

ARTICULO 5º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los doce                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                          días del mes de Julio de dos mil diecisiete.

 

 

 

 

 

Dr. Alejandro Gabriel Galvaliz

Secretario Ad Hoc

 

      SELLO hcd con escud ctes03

 

 

 

 

     Ariel Fernando Pereira

       Vice presidente 1º

 

 

 

 

n.r.

 

 

 

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