ORDENANZA Nº 073

ORDENANZA Nº 73

Visto:

El expediente N° 663 Letra "A" por el cual los Señores Santiago Alfonzo y Sara Martir Peña de Alfonzo solicitan la escrituración del Lote N° 11 de la Manzana N° 155/b; y,

Considerando:

Que en fecha 8 de septiembre de 1.981, los Señores Santiago Alfonzo y Sara Martir Peña de Alfonzo presentaron solicitud de compra del inmueble anteriormente referenciado.

Que en fecha 30 de diciembre de 1.981 se firma el correspondiente boleto de compra-venta.

Que los dos actos antes indicados se realizan en virtud de las disposiciones contenidas en la Ley N° 3.516/81 entonces vigentes.

Que el precio de venta fue fijado en función de la valuación fiscal.

Que el trámite impreso tal como dictamina Asesoría Letrada no adolece de irregularidades, excepto que la Ordenanza de adjudicación fue dictada pero no firmada por el entonces Intendente Municipal, por lo que la misma debe ser considerada inexistente.

Que el defecto antes señalado de ninguna manera puede ser imputado a los adquirentes, por lo que se hace necesario a fin de perfeccionar el acto dictar la correspondiente Ordenanza de adjudicación, para de esta manera poder firmarse la correspondiente escritura traslativa de dominio.

Por ello,

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Adjudicar a Doña Sara Martir Peña de Alfonzo, L. C. N° 3.671.809, una fracción de terreno de propiedad municipal, sito en la Manzana N° 155/b, Lote N° 11, constante de 11,10 mts. de frente, con igual contrafrente, por 22,76 mts. de fondo con 22,77 mts. de contrafondo, abarcando una superficie total de 252,6915 m2, encerrado dentro de los siguientes linderos: Norte: propiedad municipal; Sur: Pascual Alegre (propiedad municipal); Este: calle Brasil y Oeste: Pedro Pablo Escobar (propiedad municipal).

Art. 2 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar la pertinente escritura traslativa de dominio, previa verificación de haberse abonado la totalidad del precio.

Art. 3 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, publíquese, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

 

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 16 días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro.

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