ORDENANZA Nº 2.098

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 14 de Agosto de 2.020

“2020 – AÑO BELGRANIANO”

 

V I S T O:

El expediente Nº 3.015/20 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el “INCORPORACIÓN PRESUPUESTARIA DE APOYO ECONÓMICO NO REINTEGRABLE DE $ 5.843.000 DE COPARTICIPACIÓN NACIONAL”, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal por Nota Nº 137 de fecha 28/07/20. Y ; ;

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Los fondos no reintegrables en concepto de apoyo económico transferidos por el Gobierno de la Provincia de Corrientes en marco del Decreto Nº 1167/2020 con el fin de afrontar los gastos necesarios que demande la atención de la emergencia sanitaria, cubrir la merma de recursos y la prestación de servicios esenciales.

Que debido a la situación epidemiológica producida por la enfermedad denominada “Dengue” y COVID-19, se han tomado medidas a fin de proteger la salud, como la de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” de la población. Situación que tiene efectos negativos en la economía y afecta la recaudación de impuestos.

Que los ingresos correspondientes a la Coparticipación Nacional de Impuestos tuvieron una importante caída en este último periodo debido a la difícil situación sanitaria y económica que atraviesa el país, y que por lo tanto dichos recursos no corresponderán con los previstos o estimados en el presupuesto del ejercicio corriente.

Que el Art 11º y 35º de la Ley 5.571 y el Art 3º - Ley Nº 25.917 modificada por la Ley Nº 27.428 a las que la Provincia adhirió por Leyes Provinciales Nº 5.639 y Nº 6.434 y la Municipalidad por Ordenanza 1.985 de 2018 que establecen el principio de Universalidad Presupuestaria

Por ello. 

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A:

 

ARTÍCULO 1º: INCORPORAR LOS FONDOS DE APOYO ECONÓMICO NO REINTEGABLE POR LA SUMA DE PESOS CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL (5.843.000,00), el que será registrado en la partida presupuestaria 1.0.00.1.02.04 “Aportes provinciales para desequilibrios financieros”.

ARTÍCULO 2º: DISMINUIR LA PARTIDA PRESUPUESTARIA DE INGRESOS 1.0.00.1.03.01 “REGIMEN DE COPARTICIPACIÓN NACIONAL” POR LA SUMA DE PESOS CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL (5.843.000,00).

ARTÍCULO 3°: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente  ARCHÍVESE.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los doce días del mes de Agosto de dos mil veinte.

 

n.r.

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