ORDENANZA Nº 1.534

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 22 de Marzo de 2011

 

V I S T O:

El expediente Nº 1.753/10 del Honorable Concejo Deliberante, que contiene el Proyecto de Ordenanza sobreCREACIÓN DE LA ZONA DE ACTIVIDADES AGROINDUSTRIALES Y ECONÓMICAS ESTRUCTURADA DE GOYA: “ZAAEE”-GOYA. Y; ;

 

 

 

C O N S I D E R A N D O:

                    

 

El Proyecto impulsado por el Ejecutivo Municipal, que cuenta con el apoyo de  las asociaciones representativas del sector empresarial y se agrega como “Anexo I” a la presente; las dificultades que enfrentan las empresas en crecimiento  para la realización de sus actividades  en zonas densamente pobladas; la necesidad de dar condiciones de factibilidad a la instalación de nuevas empresas;  el crecimiento urbano de la ciudad de Goya, la necesidad de su ordenamiento y lo dispuesto en los  artículos 45 y 47 de la Carta Orgánica Municipal, la Ordenanza Nº 1.130/2002  y en el Plan Estratégico Participativo de Goya.

Que este Proyecto es coincidente con lo establecido en el Plan Estratégico de Goya, donde se expresa la comunidad por intermedio de sus instituciones representativas, y se define como “visión” deseada aspirar al desarrollo sostenible, en base a la Producción Agro Industrial,  con calidad de Vida y respeto al medio ambiente.

Que es fundamental para el Municipio de Goya,  prever en su PLANIFICACIÓN URBANA  la existencia de áreas, especialmente habilitadas, donde puedan ubicarse empresas  cuyas actividades son incompatibles con lugares densamente poblados; dar oportunidad de crecimiento a las empresas que se encuentran radicadas en Goya y a otras que se instalen en el futuro, potenciando sus  posibilidades de desarrollo ; el deseo de promover la actividad agro-industrial,  y la necesidad de crear plataformas de despegue en materia de infraestructura productiva;

Que la instalación de zonas o sectores con destinos específicos, promocionados por el Municipio y por entes mixtos público- privados, necesitan de un marco jurídico adecuado, que establezca las normas en base a las que desarrollarán sus actividades.

Que el incremento de  la prestación de servicios, y las actividades industriales y agro-industriales  traerán aparejado el acrecentamiento de oportunidades laborales para importantes sectores de la población.

Que estos nuevos emprendimientos requieren de la actividad de un Ente que los administre, que garantice el cumplimiento de los objetivos establecidos y realice el seguimiento de las acciones que se ejecuten con el fin de su instalación, funcionamiento y desarrollo; determine las actividades que podrán realizarse en ese espacio, y controle el cumplimiento de la legislación vigente. Al respecto los actores involucrados se han expresado en forma unánime en el sentido de que esta función la asuma la AGENCIA REGIONAL DE DESARROLLO PRODUCTIVO- “AGENPRO RÍO SANTA LUCÍA” conformada por actores público- privados tiene por sus Estatutos fines y objetivos compatibles con los a desarrollarse en este Proyecto, y en tal sentido han arribado a un acuerdo, plasmado en  el Acta labrada al efecto, que se agrega a la presente como Anexo II.

Que debe planificarse  la ocupación de espacios  aledaños al destinado a empresas de servicios e industriales, cuyas actividades puedan impactar sobre la población.

Que existe legislación nacional, provincial y municipal que establece las pautas a cumplir con el fin de preservar el medio ambiente y con ello a la población humana circundante; lo dispuesto en la Carta Orgánica Municipal de Goya: artículo 78 incisos 17, 19, 30 y 32; artículo 98 inc. 34,  Artículos 45, 128, siguientes y concordantes.

 

Por todo ello.

 

 

Corresponde Ordenanza Nº 1.534

 

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 

 

O R D E N A:

 

 

 

TITULO I: CONSTITUCIÓN DE LA ZONA “ZAAEE- GOYA”

 

 

CAPITULO I: CREACIÓN DE LA ZONA “ZAAEE”-GOYA Y AFECTACIÓN DE INMUEBLE:

 

ARTÍCULO 1º: CRÉASE  en el Municipio de Goya, con destino a la relocalización y localización de empresas y desarrollo de actividades económicas de servicios y agro industriales, una zona territorial que se denominará: ZONA DE ACTIVIDADES  AGROINDUSTRIALES Y ECONÓMICAS, ESTRUCTURADA  DE GOYA- “ZAAEE”- GOYA.

ARTÍCULO 2º: AFECTAR, para la localización de la “ZAAEE”, una fracción del inmueble propiedad del Municipio de Goya, que en el plano de mensura confeccionado por el Agrimensor Juan Díaz Colodrero aprobado por la Dirección General de Catastro el 18/11/ 2010 bajo Duplicado Nº 7957-N,  posee una superficie total de 81 Has, 05 As, remanente de otro originariamente con la superficie total de 200 Has., ubicado en el ángulo Sureste del área suburbana, INSCRIPTO: en mayor extensión  en el Registro de la Propiedad Inmueble de Corrientes al Tomo 29, Folio 746 Nº 11.384 año 1.912, identificado en la Dirección General de Catastro de Corrientes bajo Partidas Inmobiliarias: I1- 26616-1 y I1-05689-2 , y  en la Municipalidad de Goya al Tomo 61, Folio 25.726 año 1.997; que en  la Ordenanza Nº 1.130/ 2002  se determina como ubicada en parte de la ZONA DE RESTRICCIÓN SEVERA “B”, y donde se han realizado  importantes obras de canalización Certificadas por el PRODEGO, que permiten suponer que, realizando las tareas de relleno del terreno previstas en el Proyecto, se conseguirá la consolidación de la cota de 36, 90 IGN  que minimiza el riego de inundación del predio en épocas de lluvias torrenciales y/o por crecida del Río Paraná, sobre la base de las marcas acostumbradas.

 

ARTÍCULO 3º: EL PROYECTO DE LA “ZAAEE-GOYA” PREVÉ LA DETERMINACIÓN DE:

I- UNA ZONA ESTRUCTURADA: DESTINADA A LA REUBICACIÓN E INSTALACIÓN DE NUEVAS EMPRESAS, con superficie  total de 63 Has, 88 As determinada en el plano de Mensura Nº 7957-N como Lote 1.- Contempla una expansión  del uso del predio a utilizarse inicialmente, en sentido Este-Oeste, con divisiones internas que tienen en cuenta el posible impacto ambiental de las actividades a realizarse  para lo que se prevé un desarrollo  en sentido  Norte a Sur,  a saber:

A)        SUB ZONA PARA EMPRESAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

B)   SUB ZONA PARA EMPRESAS DE BAJO IMPACTO AMBIENTAL

C)   SUB ZONA PARA EMPRESAS DE MEDIANO IMPACTO AMBIENTAL

D)   CALLES INTERNAS PARA CIRCULACIÓN con medidas adecuadas.

E)   SUB ZONA DE LAGUNA para reservorio de agua de lluvia y habilitación del área circundante para actividades recreativas. El área en general comprende la superficie total de 7 Has., 07 As. y la laguna de 1 Ha.06 As. 

F)    SUB ZONA INTERMEDIA PARA AMORTIGUAR EL IMPACTO AMBIENTAL sobre áreas densamente pobladas, ubicada al Oeste y fuera del PREDIO ESTRUCTURADO (Lote Nº 3 del Duplicado de Mensura Nº 7957-N con  superficie de14 Has. 60 As).

G)   SUB ZONA PARA LA REUBICACIÓN DE POBLACIÓN ASENTADA EN FORMA ILEGAL EN EL PREDIO DESTINADO A LA ZONA ESTRUCTURADA ( Lote Nº 2 del Duplicado de Mensura  Nº 7957-N  con superficie de  1 Ha. 23 As.)

 

 



Corresponde Ordenanza Nº 1.534

 

 

CAPITULO II: DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA ZONA “ZAAEE- GOYA”

 

ARTÍCULO 4º: Establecer que  la AGENCIA DE DESARROLLO PRODUCTIVO RIO SANTA LUCÍA  - “AGENPRO” será quien tendrá a su cargo el estudio de la legislación aplicable, en especial la relativa a la que  prevé el impacto ambiental y la verificación de su cumplimiento, el seguimiento de todas las acciones necesarias para  la puesta  en funcionamiento de la “ZAAEE” y el control de las obras que se realizarán para posibilitar su desarrollo y a posteriori, su administración. Determinará las actividades que podrán desarrollarse en el predio afectado y  su zonificación por tipo de actividad. La superficie requerida, para cada parcela y por actividad, se definirá en base a principios científicos de la materia.

Son sus funciones:

1)  Cumplir y hacer cumplir las normas relativas al Impacto Ambiental;

2) Definir los trabajos en orden prioritario para posibilitar la localización e instalación de las empresas en el predio, a cuyo efecto exigirá la realización de los estudios que fueren  necesarios en cada caso;

3) Definir la superficie de las parcelas en base a principios científicos de la materia;

4) Establecer el régimen de venta de fracciones de inmueble a las empresas, el precio y la forma de pago, previa aprobación por Ordenanza del Honorable Concejo Deliberante (Artículo 78 inciso 17 Carta Orgánica Municipal);

5) Establecer el valor de los cánones a percibir de las empresas radicadas, en función a los servicios prestados;

6) Administrar los fondos obtenidos por la venta de las parcelas, y otros ingresos, y destinarlos a inversiones y costos operativos del mismo predio;

7) Realizar todo tipo de gestiones, siendo las enunciadas meramente enunciativas y no limitativas  de las propias y necesarias para la gestión  de la “ZAAEE-GOYA”.-

 

ARTÍCULO 5º: La AGENPRO cobrará a las empresas que se radiquen un canon para posibilitar el recupero sus costos operativos. El mismo será determinado por los actores público-privados que participan de este Proyecto.-

 

ARTÍCULO 6º: Las erogaciones que realice el Municipio para la puesta  en marcha y ejecución del proyecto serán atribuidas a las Cuentas Presupuestarias que correspondan, de acuerdo a la naturaleza del gasto.-

CAPÍTULO III: DEL CONTROL DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVO- CONTABLE:

 

ARTÍCULO 7º: La gestión administrativo- contable de la  “ZAAEE- GOYA” será fiscalizado por el Tribunal de Cuentas Municipal.-

 

ARTÍCULO 8º: Se podrán establecer incentivos para promover la instalación de empresas en el predio de la ZAAEE.-

 

TITULO II: DE LA ZONA DE RESTRICCIÓN AL USO DEL SUELO

 

CAPITULO I: DEMARCACIÓN

 

ARTÍCULO 9º: Definir como ZONA CON RESTRICCIÓN AL USO DEL SUELO  a la que  se desarrolla en una franja que circunscribe la “ZAAEE”  de  200 metros de ancho,  que se determinará por una  línea imaginaria trazada en forma perpendicular desde el perímetro de ésta, donde se requerirá de una autorización especial del Municipio para el desarrollo de cualquier actividad, en vistas a que sean compatibles con las desarrolladas en aquella.-

 

 

 

 

 

 

 

///Corresponde Ordenanza Nº 1.534

 

 

ARTÍCULO 10º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-

 

                                               

                                   

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de diciembre de dos mil diez, aprobada en su Primer Lectura de acuerdo al artículo 86 de la Carta Orgánica Municipal.-

 

Cuadro de texto:

Cuadro de texto: Prof. GERARDO HORACIO BASSI
Presidente 


Cuadro de texto: Dr. GERARDO LUIS URQUIJO
Secretario

                

 

 

 

 

 

 

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los dieciséis días del mes de marzo de dos mil once, aprobada en su Segunda Lectura de acuerdo al artículo 86 de la Carta Orgánica Municipal.-

 

Cuadro de texto:

Cuadro de texto: Prof. GERARDO HORACIO BASSI
Presidente 


Cuadro de texto: Dr. GERARDO LUIS URQUIJO
Secretario

                

 

 

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