ORDENANZA Nº 1.681

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 11 de Julio de 2013

 

V I S T O:

El expediente Nº 2.010/13 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza “LIMITANDO Y PROHIBIENDO LA CIRCULACIÓN DE TRANSPORTE DE CARGAS EN CALLE ENTRE RIOS DE LA CIUDAD DE GOYA. Y; ;

 

 

C O N S I D E R A N D O:

 

La  necesidad establecer medidas tendientes a conservar en buen estado esta arteria de nuestra ciudad.

 

Que la calle Entre Ríos de nuestra ciudad posee graves problemas en cuanto al hundimiento de la calzada, que estos inconvenientes se producen desde hace varios años, lo que origino que esta calle estuviere intransitable por mucho tiempo.

 

Que recientemente se concluyo una importante obra en esta arteria que permitirá la recuperación de la misma para la circulación vehicular en ella. Trabajo que se realizo con recursos municipales y el importante aporte del Gobierno de Corrientes y del Gobierno Nacional.

 

Que la mencionada calle en nuestra ciudad comunica el sector Oeste con distintos barrios, lo que la convierte en una importante vía de comunicación.

 

Que es necesario implementar medidas tendientes a la conservación del pavimento en calle Entre Ríos, para limitar y prohibir la circulación de vehículos de gran porte (transporte de carga).

 

Que estas disposiciones son necesarias en calle Entre Ríos desde Avenida Caa Guazú hasta calle José E. Gómez.

 

Por ello.

 

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 

O R D E N A:

 

ARTICULO 1º: PROHIBIR la circulación de Transporte de Carga en calle Entre Ríos desde Caa Guazú hasta calle José E. Gómez.-

 

ARTÍCULO 2º: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá limitar la altura máxima mediante la colocación de un arco en la intersección de las calles Entre Ríos y Evaristo López.- (Vetada por Resolución Nº 1.290 del D.E.M del 11/07/2013)

 

ARTICULO 3°: FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para reglamentar limites de peso de transporte de cargas de la presente, colocando la cartelería correspondiente desde Avenida Caa Guazú a José Gómez.-

 

ARTICULO 4°: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal la afectación de partidas presupuestarias 2.1.04.2.1.02.02 correspondientes para los trabajos que demanden la presente.

 

ARTICULO 5º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-

 

 

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintiseis días del mes de Junio de dos mil trece.-

 

 

 

Dr. Gerardo Luis  Urquijo

Secretario

 

 

 

      SELLO hcd con escud ctes03

 

 

 

Prof. Gerardo Horacio Bassi

Presidente

 

 

 

n.r.

 

 

///Corresponde a la Ordenanza Nº 1.681

 

 

 

 

 

Promulgada parcialmente por Resolución Nº 1.290 del Departamento Ejecutivo Municipal en la cual se Veta el artículo 2º, Veto Parcial aceptado conforme al artículo 84 de la Carta Orgánica Municipal y Resolución Nº 2.484 dictada por este Cuerpo en la Sesión del día 02/10/2013.

 

 

 

 

 

 

Dr. Gerardo Luis  Urquijo

Secretario

 

 

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