ORDENANZA Nº 1.778

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 21 de Noviembre de 2014

 

V I S T O:

El expediente Nº 2.219/14 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “SERVICIO DE RECOLECCION DE RESIDUOS EN LA ZONA DE RINCÓN DE GÓMEZ Y ZONA DEL REMANSO”.  Y; ; ;

 

 

C O N S I D E R A N D O:

 

 

La necesidad de incorporar el servicio de recolección de residuos en la zona norte de nuestra ciudad, específicamente en “Rincón de Gómez”.

                        

Que siendo una zona que en la actualidad no cuenta con el servicio de recolección de basuras.

Que a pesar de encontrarse fuera del ejido urbano; es parte de nuestra ciudad y por lo cual debe ser tratada ésta problemática ambiental, que hoy en día afecta a la zona de Rincón de Gómez y zona del Remanso y alrededores.

 

Que es una zona muy poblada, generando gran cantidad de residuos; los mismos son acumulados, quemados y/o arrojados al riacho o al Canal de Chiappe.

 

Que siendo los métodos adoptados por los lugareños de Rincón de Gómez y zona del Remanso, un potencial de daño ambiental, se necesita de forma urgente que se incorpore al servicio de recolección de residuos municipal, en los días y horarios que se resuelva.

 

Que existiendo como antecedente la incorporación reciente del servicio de recolección de basura en la zona del Puerto, los días martes, jueves y sábados; es que se solicitó que tenga la misma tratativa, es decir, la incorporación de dicho servicio para la zona norte “Rincón de Gómez y zona del Remanso”; y, conforme lo determinado en el artículo 78º incisos 30 y 39 de nuestra Carta Orgánica Municipal.

 

Por ello.

 

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 

 

O R D E N A:

 

 

ARTICULO 1º: INCORPORAR el servicio de recolección de residuos en la zona norte “Rincón de Gómez y zona del Remanso”, de nuestra ciudad.

 

ARICULO 2º: EL PAGO del servicio deberá realizarse conforme a lo establecido a la Ordenanza Tributaria vigente.

 

ARICULO 3º: COMUNICAR a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de éste Municipio.

 

ARTICULO 4º: La Secretaría de Obras y Servicios Públicos instrumentará los medios necesarios para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 1º de la presente, como así también, el de fijar días y horarios del servicio.-.

 

ARTICULO 5º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.

 

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diecinueve días del mes de Noviembre de dos mil catorce.-

 

 

 

 

Dr. Gerardo Luís Urquijo

Secretario

 

      

 

 

 

Dr. Carlos Alberto Rajoy

 Vice Presidente 1º

a/c presidencia

 

n.r.

 

 

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