PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 04 de Noviembre de 2014
V I S T O:
El expediente Nº 2.287/14 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “denunciaS POR arrojar basuraS en lugares no permitidos”.Y; ;
C O N S I D E R A N D O:
Los artículos los 11º y 45º de la Carta Orgánica Municipal.
Que es una necesidad imperiosa la de poner un límite a los abusos de aquellas personas que arrojan basura en cualquier lugar prohibido o fuera de los indicados, y que ocasionan un daño a otros vecinos que se encuentran cerca de esos pequeños o grandes basurales generados por aquellos. Para ello es indispensable establecer mecanismos de control tanto de los vecinos como del Municipio.
Que para los casos de denuncia de vehículos que arrojan basura en lugares no permitidos, el vecino puede acompañar fotos digitales (cámaras fotográficas, celulares, etc) para identificar la contravención realizada y la chapa patente del responsable, las que podrán ser tenidas como válidas y medio probatorio suficiente para proceder a realizar las actas de infracción correspondiente.
Que la presente tiene como objetivo permitir que los vecinos puedan agilizar su denuncia aportando pruebas importantes y fehacientes a la hora de notificar los casos en los cuales se infringe las normas arrojando basura en lugares indebidos, privados o públicos y con la recepción de dicha denuncia el estado municipal pueda proceder.
Que el problema de los basurales urbanos es un mal permanente en la ciudad, las malas costumbres y la desaprensión generan que varias calles, avenidas, espacios verdes, etc. de nuestra ciudad se conviertan, a diario, en el depósito de residuos desperdigados por carreros y particulares.
Que algunos de los lugares de muestra de esa realidad es por Avenida Neustad (cerca ruta), Avenida del Bicentenario al fondo, calle Tucumán y ex vía, suelen llenarse de basura, ramas y múltiples desechos.
Por ello.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:
ARTICULO 1º: DISPONER que en el ámbito de la Municipalidad de Goya, se realice la denuncia de vehículos que arrojan basura en lugares no permitidos. Cualquier persona denunciante deberá identificarse y efectuar la misma ante la Dirección de Inspección General identificando el lugar del hecho, número de chapa de patente, todo a través de la presentación de fotografías o filmaciones.
ARTICULO 2°: LA Dirección de Inspección General realizará las actas de infracción y comprobará la validez de la documental presentada.
///Corresponde a la Ordenanza Nº 1.774
ARTICULO 3º: EL Infractor será sancionado con una multa de 50 U. F. En caso de reincidencia se duplicará. Será órgano de aplicación del presente artículo el Juzgado Administrativo de Faltas.
ARTICULO 4º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.
Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintinueve días del mes de Octubre de dos mil catorce.-
Dr. Gerardo Luís UrquijoSecretario
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Dr. Carlos Alberto Rajoy Vice Presidente 1º a/c presidencia
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n.r.