ORDENANZA Nº 1.158

PROMULGADA por  Resol. Nº 69 del H.C.D. de fecha 30-06-03.-

 

V I S T O:

El expediente Nº 1.074/03 del H. Concejo Deliberante que contiene el proyecto de Ordenanza  “Modificando la Ordenanza Nº 616/94 – Fondo Especial para Promoción de un Proyecto Urbano”  Y; ; ; ;

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que el artículo 5º de la Ordenanza Nº 616/94 establece que el destino de lo recaudado en concepto de estacionamiento medido, previa deducción de los costos operativos, sea el Fondo Especial para Promoción de un Proyecto Urbano;

Que la Ordenanza Nº 1.068/02 estableció, transitoriamente mientras dure el estado de emergencia económico y social, que el destino de los fondos sea la compra de genéricos con destino a las Salas de Primeros Auxilios dependientes del Municipio; determinando además la obligación de un informe mensual sobre lo recaudado y su aplicación;

Que al perder vigencia el estado de emergencia, el destino de los fondos debe volver a lo originalmente previsto;

Que resulta conveniente mantener la obligación del informe mensual por parte del Departamento Ejecutivo Municipal y establecer pautas para su aplicación, para lo cual se deben priorizar proyectos de desarrollo urbano con la activa participación de los vecinos.

 

Por todo ello.

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 

O R D E N A:

 

ARTICULO 1º: MODIFICAR la Ordenanza Nº 616/94, incorporándole como Artículo 9º, el siguiente texto: “El Departamento Ejecutivo Municipal informará mensualmente al H. Concejo Deliberante  el monto recaudado y lo depositado en el Fondo Especial de Desarrollo Urbano, en la cuenta bancaria específica que se abrirá al efecto, el que será aplicado al financiamiento de proyectos en cuya elaboración, priorización y control debe participar activamente el Consejo Plenario Vecinal.-

 

ARTICULO 2º: LA presente Ordenanza tendrá retroactividad desde la finalización de la Ordenanza Nº 1.068/02 en lo referente a los depósitos de los fondos establecidos en la Ordenanza Nº 616/94, debiendo realizar un primer informe desde esa fecha hasta la promulgación de la presente.-

 

ARTICULO 3º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-

 

Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de Junio de dos mil tres.-

 

 

 

Dr. GERARDO LUIS URQUIJO

Secretario

 

       SELLO hcd con escud ctes03.tif

 

 

 

Dr. HUGO ADRIAN VILAS

 Presidente  

 

 

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