ORDENANZA N° 2.068

 PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 29 de noviembre de 2.019

V  I   S   T   O:

El Expediente N° 2.752/18 del H.C.D.  que contiene el Proyecto de Ordenanza para construir la “Casa del Turismo” en el ingreso de la ciudad de Goya”; y ;;;

 

CONSIDERANDO:

Que la ciudad de Goya en los últimos años viene promoviendo diferentes actividades anuales para promocionar su turismo.

                                  Que contamos con eventos destacados por su excelencia y permanencia, que contribuyen a la visita asidua de turistas de diversos lugares del país.

                                  Que una manera de promocionar las actividades turísticas de nuestra zona es contar con lugares especializados que puedan ilustrar sobre las bondades que caracterizan a nuestra ciudad.

                                  Que es común denominador que todas las ciudades turísticas posean-específicamente en su ingreso- con dependencias de la Dirección de Turismo, que ofrecen orientación y guía a los visitantes en todas las épocas del año y específicamente en aquellas que caracterizan a Goya.

                                   Que la utilidad de las delegaciones, amplía sus funciones a ser además, lugares de paso o aparcamiento de aquellos viajeros cuya intencionalidad no es el ingreso a nuestra ciudad, pero que advertidos de las bondades y la promoción de las mismas resultan ser el eslabón para la visita de la misma y la promoción del turismo en su integridad.

                                   Que al mismo tiempo se debe idear el modelo de construcción, sugiriendo al Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) la posibilidad del llamado a un concurso de ideas del cual surgirá el proyecto de edificación.

         Por todo ello;;     

LA MUNCIPALIDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O  R  D  E  N  A: 

 

ARTÍCULO 1°: CONSTRUIR una Oficina de Atención de Informe al Turista, la que dependerá de la Dirección de Turismo de la Municipalidad de Goya.-

ARTÍCULO 2º: FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal para que determine el acceso a la Ciudad y ubicación territorial donde construirá dicha oficina.

ARTÍCULO 3º: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer la partida presupuestaria necesaria para el cumplimiento del art. 1º de la presente.-

ARTÍCULO 4º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente  ARCHÍVESE.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintisiete días del mes de noviembre de dos mil diecinueve.

 

Presidente: Cr. Daniel Jacinto Avalos

Secretario: Dr. Gerardo Luis Urquijo                 

                             

n.r.

 

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