ORDENANZA Nº 1.575

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 29/12/2011

 

V I S T O:
El expediente Nº 1.746/10 del Honorable Concejo Deliberante, que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “PROGRAMA DE CAMINATAS “GOYA CAMINA”. Y; ;



C O N S I D E R A N D O:

La importancia de concientizar a la población acerca de los beneficios que aporta el hecho de realizar ejercicios físicos frecuentemente.

 

Que los médicos han llegado a la conclusión de que una caminata diaria no solo es una excelente alternativa, sino tal vez una opción mejor que otras formas de ejercicio. Es comparada a una píldora mágica.

Que caminar a un ritmo de tres o cinco kilómetros por hora en forma continua durante 45 minutos puede mantener alejadas enfermedades tan graves como el infarto del corazón, derrames cerebrales y diabetes. También puede disminuir entre 30 y 50 % la posibilidad de aparición de enfermedades como cáncer de seno, osteoporosis, impotencia, diabetes y depresión.

 

Que caminar es muy fácil. Prácticamente todo el mundo está en condiciones de caminar. No se necesita preparar grupos de músculos pues estos ya están dispuestos, a diferencia de otras disciplinas en las que se requiere entrenamiento previo para fortalecer ciertas áreas del cuerpo.

Que es una actividad que genera muy poco riesgo. Desde los más jóvenes hasta las personas de edad pueden hacerlo, sin que se afecten sus articulaciones o ligamentos.

 

Que caminar además le trae paz al espíritu. Nadie duda de que la creatividad se dispara dando una vuelta por el parque y que los problemas y preocupaciones se disipan paso a paso.

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 


O R D E N A:


ARTÍCULO 1º: ESTABLÉCESE un Programa de Caminatas gratuito, apuntado a todas las edades por distintos puntos de la ciudad, durante los fines semana (horario de mañana y tarde) junto a un profesor de Educación Física, que la Dirección de Deportes Municipal pondrá a disposición, cada 25 personas. Se tendrá en cuenta para el desarrollo de la actividad, las exigencias físicas del caso según el grupo etario y las posibilidades individuales.-

 

ARTICULO 2°: DENOMÍNESE a este Programa de Caminatas “GOYA CAMINA”.-

ARTICULO 3°: DIFÚNDASE “Goya Camina” en distintos medios de comunicación para incentivar la participación de la población.-

 

ARTICULO 4º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-
  
Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los dieciséis días del mes de Noviembre de dos mil once.-

 

Dr. Gerardo Luis  Urquijo
Secretario

Mabel S. Barrile de Martínez

Vice presidente 1º  Presidencia

 

 

 


 

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