PROMULGADA POR EL D.E.M. DE 21 DE MARZO DE 2025
V I S T O:
El expediente N° 3.413/25 del Honorable Concejo Deliberante, que contiene Proyecto de Ordenanza sobre “AUTORIZAR CONVENIOS ENTRE EL ESTADO PROVINCIAL Y LA MUNICIPALIDAD DE GOYA”. Y;
C O N S I D E R A N D O:
Los convenios de colaboración institucional entre el estado de la Provincia de Corrientes y la Municipalidad de Goya, remitidos por el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Corrientes.
Que resulta necesario suscribir convenios para estabilización de las defensas definitivas de la ciudad, reconstrucción del sector colapsado, remodelación y puesta en valor del paseo costero y plaza Italia con el Estado de la Provincia de Corrientes, mediante el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia.
Que es impostergable la firma de los convenios al efecto de prestar la conformidad al proyecto y expresa autorización para la intervención por parte de la Provincia a través de las obras, la cual es financiada con fondos del Ministerio de Obras y Servicios públicos, quedando el municipio deslindado de toda responsabilidad emergente por la contratación y ejecución de dicha obra.
Que el Municipio en dichos convenios se compromete a disponer a favor de la provincia de los inmuebles que resulten necesarios para la ejecución de la obra.
Que los convenios son los siguientes: “OBRA DE RECONSTRUCCIÓN DEL SECTOR COLAPSADO DE LA COSTANERA DE LA CIUDAD DE GOYA”; “OBRA RECONSTRUCCIÓN DEL SECTOR COLAPSADO DE LA COSTANERA DE GOYA – ETAPA II”; “OBRA ESTABILIZACIÓN DE LAS DEFENSAS DEFINITIVAS DE LA CIUDAD DE GOYA”; “OBRA RECONSTRUCCIÓN DEL SECTOR COLAPSADO DE LA COSTANERA DE GOYA – ETAPA III”; “OBRA COSTANERA DE GOYA – REMODELACIÓN Y PUESTA EN VALOR DEL PASEO COSTERO Y PLAZA ITALIA”.
Que de acuerdo a la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Honorable Concejo Deliberante la autorización de ejecución de obras y puesta en valor sobre bienes públicos, de convalidar convenios o tratados con la nación, la provincia y otros municipios.
Por todo ello.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:
ARTÍCULO 1º: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir los convenios -obrantes como ANEXO I de la presente Ordenanza; mencionados en el considerando- con el estado de la Provincia de Corrientes, mediante el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Corrientes para estabilización de las defensas definitivas de la ciudad, reconstrucción del sector colapsado, remodelación y puesta en valor del paseo costero y plaza Italia.
ARTÍCULO 2: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.
Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diecinueve días del mes de marzo de dos mil veinticinco.

ANEXO I
CONVENIO DE COLABORACION INSTITUCIONAL ENTRE EL ESTADO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES Y LA MUNICIPALIDAD DE GOYA
En la Ciudad de Corrientes, a los doce días del mes de diciembre de 2024, entre el ESTADO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, representado en este acto por el Señor OSVALDO CLAUDIO POLICH, Documento Nacional de Identidad Nº20.192.822, con domicilio legal en la calle 25 de Mayo 888, en su carácter de MINISTRO DE OBRAS Y SERVICOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, en adelante LA ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL por una parte, y por la otra la MUNICIPALIDAD DE GOYA, representada en este acto, por el INTENDENTE Doctor MARIANO HORMAECHEA Documento Nacional de Identidad Nº27.558.267, con domicilio legal en calle Colón Nº608 Localidad Goya de la Provincia de Comentes, en adelante LA INSTITUCIÓN, acuerdan la suscripción del presente CONVENIO DE COLABORACIÓN INSTITUCIONAL en cumplimiento del art.4º de la Ley Nº3079ll2 y del art.4º del decreto Reglamentario Nº4800ll2 estableciendo las siguientes cláusulas y condiciones.
PRIMERA: El objeto de este Convenio es, entre otros, fomentar la cooperación y complementación entre las partes, coordinando e integrando iniciativas de sus respectivas competencias institucionales que contribuyen al fortalecimiento de la gestión Provincia/Municipio.
SEGUNDA: LA PROVINCIA, a través de MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se hace cargo del proyecto, financiamiento, contratación y ejecución de la OBRA:•RECONSTRUCCION DEL SECTOR COLAPSADO DE LA COSTANERA DE LA CIUDAD DE GOYA" Ubicación: Goya - Corrientes, según memoria descriptiva, presupuesto, pliegos de especificaciones técnicas particulares, presupuesto, planos y demás documentaciones técnicas y legales, aprobado por Resolución Ministerial Nº1.867 de fecha ~5 de Diciembre de 2022, obrante en expediente administrativo Nº140-04363-2022, prestando EL MUNICIPIO su conformidad al proyecto y su expresa autorización para la intervención por parte de LA PROVINCIA a través de dicha Obra, la cual será financiada con fondos del MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, quedando EL MUNICIPIO deslindado de toda responsabilidad emergente por la Contratación y Ejecución de dicha obra.
TERCERA: Ambas partes se comprometen a participar en forma conjunta en la gestión tendiente a la realización de la OBRA referida en la cláusula anterior, para lo cual EL MUNICIPIO autoriza expresamente a que LA PROVINCIA ocupe los espacios públicos de su jurisdicción comprometiéndose a facilitar su disponibilidad por LA PROVINCIA y por la empresa que resulte adjudicataria para la ejecución de la Obra indicada. Igualmente, EL MUNICIPIO se compromete a disponer a favor de LA PROVINCIA de los inmuebles que resultaren necesarios para la ejecución de la obra. Para todo ello EL MUNICIPIO se compromete a remover todo obstáculo administrativo y legal que pudiera entorpecer el normal curso de la obra en el plazo proyectado. Todo ello en cumplimiento del art.4º de la Ley Nº3079fi2 y art.4º de su Decreto Reglamentario Nº4800/72.-
CUARTA: La ejecución de la Obra mencionada precedentemente dará comienzo una vez finalizado los trámites licitatorios correspondientes y que la misma sea adjudicada a la Empresa Contratista seleccionada, quien se encargará de la ejecución de los trabajos de la referida Obra, para lo cual EL MUNICIPIO se compromete a homologar el presente Convenio por Resolución Municipal u Ordenanza de su Honorable Consejo Deliberante, lo que correspondiere según su Carta Orgánica, y tener resuelta la libre disponibilidad de los espacios públicos y/o privados en donde se ejecutarán las obras.
QUINTA: El proyecto, inspección, supervisión y seguimiento de la Obra antes indicada, estará a cargo del personal designado oportunamente por LA PROVINCIA.
SEXTA: A todos los efectos legales que pudieran corresponder, las partes constituyen domicilio legal en los consignados "ut supra9 1 donde tendrán validez toda notificación o citación judicial, y para cualquier cuestión que pudiera suscitarse con motivo de la interpretación del presente convenio.
SEPTIMA: Las partes de este Convenio acuerdan que cualquier controversia que pudiera derivarse de la interpretación y ejecución del mismo será sometida a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Comentes, renunciando de forma expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción, inclusive el federal, constituyendo domicilio legal en las direcciones indicadas precedentemente. En prueba de conformidad ambas partes firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los doce días del mes de diciembre del año 2024, recibiendo cada parte su ejemplar respectivo, siendo el mismo agregado a las actuaciones.
CONVENIO DE COLABORACION INSTITUCIONAL ENTRE EL ESTADO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES Y LA MUNICIPALIDAD DE GOYA
En la Ciudad de Corrientes, a los doce días del mes de diciembre de 2024, entre el ESTADO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, representado en este acto por el Señor OSVALDO CLAUDIO POLICH, Documento Nacional de Identidad Nº20.192.822, con domicilio legal en la calle 25 de Mayo 888, en su carácter de MINISTRO DE OBRAS Y SERVICOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, en adelante LA ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL por una parte, y por la otra la MUNICIPALIDAD DE GOYA, representada en este acto, por el INTENDENTE Doctor MARIANO HORMAECHEA Documento Nacional de Identidad Nº27.558.267, con domicilio legal en calle Colón Nº608 Localidad Goya de la Provincia de Corrientes, en adelante LA INSTITUCIÓN, acuerdan la suscripción del presente CONVENIO DE COLABORACIÓN INSTITUCIONAL en cumplimiento del art.4º de la Ley Nº3079/72 y del art.4º del decreto Reglamentario Nº4800/72 estableciendo las siguientes cláusulas y condiciones.
PRIMERA: El objeto de este Convenio es, entre otros, fomentar la cooperación y complementación entre las partes, coordinando e integrando iniciativas de sus respectivas competencias institucionales que contribuyen al fortalecimiento de la gestión Provincia/Municipio.
SEGUNDA: LA PROVINCIA, a través de MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se hace cargo del proyecto, financiamiento, contratación y ejecución de la OBRA:"RECONSTRUCCION DEL SECTOR COLAPSADO DE LA COSTANERA DE LA CIUDAD DE GOYA -ETAPA 11" Ubicación: Localidad de Gaya - Provincia de Corrientes, según memoria descriptiva, presupuesto, pliegos de especificaciones técnicas particulares, presupuesto, planos y demás documentaciones técnicas y legales, aprobado por Resolución Ministerial Nº01 de fecha 02 de Enero de 2023, obrante en expediente administrativo N°140- 04508-2022, prestando EL MUNICIPIO su conformidad al proyecto y su expresa autorización para la intervención por parte de LA PROVINCIA a través de dicha Obra, la cual será financiada con fondos del MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, quedando EL MUNICIPIO deslindado de toda responsabilidad emergente por la Contratación y Ejecución de dicha obra.
TERCERA: Ambas partes se comprometen a participar en forma conjunta en la gestión tendiente a la realización de la OBRA referida en la cláusula anterior, para lo cual EL MUNICIPIO autoriza expresamente a que LA PROVINCIA ocupe los espacios públicos de su jurisdicción comprometiéndose a facilitar su disponibilidad por LA PROVINCIA y por la empresa que resulte adjudicataria para la ejecución de la Obra indicada. Igualmente, EL MUNICIPIO se compromete a disponer a favor de LA PROVINCIA de los inmuebles que resultaren necesarios para la ejecución de la obra. Para todo ello EL MUNICIPIO se compromete a remover todo obstáculo administrativo y legal que pudiera entorpecer el normal curso de la obra en el plazo proyectado. Todo ello en cumplimiento del art.4º de la Ley Nº3079n2 y art.4º de su Decreto Reglamentario Nº4800/72.-
CUARTA: La ejecución de la Obra mencionada precedentemente dará comienzo una vez finalizado los trámites licitatorios correspondientes y que la misma sea adjudicada a la Empresa Contratista seleccionada, quien se encargará de la ejecución de los trabajos de la referida Obra, para lo cual EL MUNICIPIO se compromete a homologar el presente Convenio por Resolución Municipal u Ordenanza de su Honorable Consejo Deliberante, lo que correspondiere según su Carta Orgánica, y tener resuelta la libre disponibilidad de los espacios públicos y/o privados en donde se ejecutarán las obras.
QUINTA: El proyecto, inspección, supervisión y seguimiento de la Obra antes indicada, estará a cargo del personal designado oportunamente por LA PROVINCIA.
SEXTA: A todos los efectos legales que pudieran corresponder, las partes constituyen domicilio legal en los consignados "ut supra, donde tendrán validez toda notificación o citación judicial, y para cualquier cuestión que pudiera suscitarse con motivo de la interpretación del presente convenio.
SEPTIMA: Las partes de este Convenio acuerdan que cualquier controversia que pudiera derivarse de la interpretación y ejecución del mismo será sometida a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Corrientes, renunciando de forma expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción, inclusive el federal, constituyendo domicilio legal en las direcciones indicadas precedentemente.
En prueba de conformidad ambas partes firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los doce días del mes de diciembre del año 2024, recibiendo cada parte su ejemplar respectivo, siendo el mismo agregado a las actuaciones.
CONVENIO DE COLABORACION INSTITUCIONAL ENTRE EL ESTADO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES Y LA MUNICIPALIDAD DE GOYA
En la Ciudad de Comentes, a los doce días del mes de diciembre de 2024, entre el ESTADO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, representado en este acto por el Señor OSVALDO CLAUDIO POLICH, Documento Nacional de Identidad Nº20.192.822, con domicilio legal en la calle 25 de Mayo 888, en su carácter de MINISTRO DE OBRAS Y SERVICOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, en adelante LA ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL por una parte, y por la otra la MUNICIPALIDAD DE GOYA, representada en este acto, por el INTENDENTE Doctor MARIANO HORMAECHEA Documento Nacional de Identidad Nº27.558.267, con domicilio legal en calle Colón Nº608 Localidad Goya de la Provincia de Comentes, en adelante LA INSTITUCIÓN, acuerdan la suscripción del presente CONVENIO DE COLABORACIÓN INSTITUCIONAL en cumplimiento del art.4 º de la Ley N º3079/72 y del art.4 º del decreto Reglamentario N º 4800n2 estableciendo las siguientes cláusulas y condiciones.
PRIMERA: El objeto de este Convenio es, entre otros, fomentar la cooperación y complementación entre las partes, coordinando e integrando iniciativas de sus respectivas competencias institucionales que contribuyen al fortalecimiento de la gestión Provincia/Municipio.
SEGUNDA: LA PROVINCIA, a través de MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se hace cargo del proyecto, financiamiento, contratación y ejecución de la OBRA:"ESTABILIZACION DE LAS DEFENSAS DEFINITIVAS DE LA CIUDAD DE GOYA - PROGRESIVAS 2830 A 3230 - GOYA CORRIENTES" Ubicación: Goya - Corrientes, según memoria descriptiva, presupuesto, pliegos de especificaciones técnicas particulares, presupuesto, planos y demás documentaciones técnicas y legales , aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo N º609/2023 de fecha 22 de Mayo de 2023, obrante en expediente administrativo N°140-04363-2022, prestando EL MUNICIPIO su conformidad al proyecto y su expresa autorización para la intervención por parte de LA PROVINCIA a través de dicha Obra, la cual será financiada con fondos del MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, quedando EL MUNICIPIO deslindado de toda responsabilidad emergente por la Contratación y Ejecución de dicha obra.
TERCERA: Ambas partes se comprometen a participar en forma conjunta en la gestión tendiente a la realización de la OBRA referida en la cláusula anterior, para lo cual EL MUNICIPIO autoriza expresamente a que LA PROVINCIA ocupe los espacios públicos de su jurisdicción comprometiéndose a facilitar su disponibilidad por LA PROVINCIA y por la empresa que resulte adjudicataria para la ejecución de la Obra indicada. Igualmente, EL MUNICIPIO se compromete a disponer a favor de LA PROVINCIA de los inmuebles que resultaren necesarios para la ejecución de la obra. Para todo ello EL MUNICIPIO se compromete a remover todo obstáculo administrativo y legal que pudiera entorpecer el normal curso de la obra en el plazo proyectado. Todo ello en cumplimiento del art.4 º de la Ley N º3079n2 y art.4 º de su Decreto Reglamentario Nº4800/72.-
CUARTA: La ejecución de la Obra mencionada precedentemente dará comienzo una vez finalizado los trámites licitatorios correspondientes y que la misma sea adjudicada a la Empresa Contratista seleccionada, quien se encargará de la ejecución de los trabajos de la referida Obra, para lo cual EL MUNICIPIO se compromete a homologar el presente Convenio por Resolución Municipal u Ordenanza de su Honorable Consejo Deliberante, lo que correspondiere según su carta orgánica, y tener resuelta la libre disponibilidad de los espacios públicos y/o privados en donde se ejecutarán las obras.
QUINTA: El proyecto, inspección, supervisión y seguimiento de la Obra antes indicada, estará a cargo del personal designado oportunamente por LA PROVINCIA.
SEXTA: A todos los efectos legales que pudieran corresponder, las partes constituyen domicilio legal en los consignados "ut supra", donde tendrán validez toda notificación o citación judicial, y para cualquier cuestión que pudiera suscitarse con motivo de la interpretación del presente convenio.
SEPTIMA: Las partes de este Convenio acuerdan que cualquier controversia que pudiera derivarse de la interpretación y ejecución del mismo ·será sometida a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Corrientes, renunciando de forma expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción, inclusive el federal, constituyendo domicilio legal en las direcciones indicadas precedentemente.
En prueba de conformidad ambas partes firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los doce días del mes de diciembre del año 2024, recibiendo cada parte su ejemplar respectivo, siendo el mismo agregado a las actuaciones.
CONVENIO DE COLABORACION INSTITUCIONAL ENTRE EL ESTADO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES Y LA MUNICIPALIDAD DE GOYA
En la Ciudad de Corrientes, a los doce días del mes de diciembre de 2024, entre el ESTADO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, representado en este acto por el Señor OSVALDO CLAUDIO POLICH, Documento Nacional de Identidad Nº20.192.822, con domicilio legal en la calle 25 de Mayo 888, en su carácter de MINISTRO DE OBRAS Y SERVICOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, en adelante LA ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL por una parte, y por la otra la MUNICIPALIDAD DE GOYA, representada en este acto, por el INTENDENTE Doctor MARIANO HORMAECHEA Documento Nacional de Identidad Nº27.558.267, con domicilio legal en calle Colón Nº608 Localidad Goya de la Provincia de Corrientes, en adelante LA INSTITUCIÓN, acuerdan la suscripción del presente CONVENIO DE COLABORACIÓN INSTITUCIONAL en cumplimiento del art.4º de la Ley Nº3079ll2 y del art.4º del decreto Reglamentario Nº4800n2 estableciendo las siguientes cláusulas y condiciones.
PRIMERA: El objeto de este Convenio es, entre otros, fomentar la cooperación y complementación entre las partes, coordinando e integrando iniciativas de sus respectivas competencias institucionales que contribuyen al fortalecimiento de la gestión Provincia/Municipio.
SEGUNDA: LA PROVINCIA, a través de MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se hace cargo del proyecto, financiamiento, contratación y ejecución de la OBRA:"RECONSTRUCCION DEL SECTOR COLAPSADO DE LA COSTANERA DE LA CIUDAD DE GOYA -ETAPA 111" Ubicación: Goya Provincia de Corrientes, según memoria descriptiva, presupuesto, pliegos de especificaciones técnicas particulares, presupuesto, planos y demás documentaciones técnicas y legales, aprobado por Resolución Ministerial Nº1.736 de fecha 18 de septiembre de 2024, obrante en expediente administrativo Nº140-01292- 2024, prestando EL MUNICIPIO su conformidad al proyecto y su expresa autorización para la intervención por parte de LA PROVINCIA a través de dicha Obra, la cual será financiada con fondos del MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, quedando EL MUNICIPIO deslindado de toda responsabilidad emergente por la Contratación y Ejecución de dicha obra.
TERCERA: Ambas partes se comprometen a participar en forma conjunta en la gestión tendiente a la realización de la OBRA referida en la cláusula anterior, para lo cual EL MUNICIPIO autoriza expresamente a que LA PROVINCIA ocupe los espacios públicos de su jurisdicción comprometiéndose a facilitar su disponibilidad por LA PROVINCIA y por la empresa que resulte adjudicataria para la ejecución de la Obra indicada. Igualmente, EL MUNICIPIO se compromete a disponer a favor de LA PROVINCIA de los inmuebles que resultaren necesarios para la ejecución de la obra. Para todo ello EL MUNICIPIO se compromete a remover todo obstáculo administrativo y legal que pudiera entorpecer el normal curso de la obra en el plazo proyectado. Todo ello en cumplimiento del art.4º de la Ley Nº3079n2 y art.4º de su Decreto Reglamentario Nº4800/72.-
CUARTA: La ejecución de la Obra mencionada precedentemente dará comienzo una vez finalizado los trámites licitatorios correspondientes y que la misma sea adjudicada a la Empresa Contratista seleccionada, quien se encargará de la ejecución de los trabajos de la referida Obra, para lo cual EL MUNICIPIO se compromete a homologar el presente Convenio por Resolución Municipal u Ordenanza de su Honorable Consejo Deliberante, lo que correspondiere según su Carta Orgánica, y tener resuelta la libre disponibilidad de los espacios públicos y/o privados en donde se ejecutarán las obras.
QUINTA: Et proyecto, inspección, supervisión y seguimiento de la Obra antes indicada, estará a cargo del personal designado oportunamente por LA PROVINCIA.
SEXTA: A todos los efectos legales que pudieran corresponder, las partes constituyen domicilio legal en los consignados "ut supra", donde tendrán validez toda notificación o citación judicial, y para cualquier cuestión que pudiera suscitarse con motivo de la interpretación del presente convenio.
SEPTIMA: Las partes de este Convenio acuerdan que cualquier controversia que pudiera derivarse de la interpretación y ejecución del mismo será sometida a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Corrientes, renunciando de forma expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción, inclusive el federal, constituyendo domicilio legal en las direcciones indicadas precedentemente.
En prueba de conformidad ambas partes firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los doce días del mes de diciembre del año 2024, recibiendo cada parte su ejemplar respectivo, siendo el mismo agregado a las actuaciones.
CONVENIO DE COLABORACION INSTITUCIONAL ENTRE EL ESTADO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES Y LA MUNICIPALIDAD DE GOYA
En la Ciudad de Corrientes, a los doce días del mes de diciembre de 2024, entre el ESTADO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, representado en este acto por el Señor OSVALDO CLAUDIO POLICH, Documento Nacional de Identidad Nº20.192.822, con domicilio legal en la calle 25 de Mayo 888, en su carácter de MINISTRO DE OBRAS Y SERVICOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, en adelante LA ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL por una parte, y por la otra la MUNICIPALIDAD DE GOYA, representada en este acto, por el INTENDENTE Doctor MARIANO HORMAECHEA Documento Nacional de Identidad Nº27.558.267, con domicilio legal en calle Colón Nº608 Localidad Goya de la Provincia de Corrientes., en adelante LA INSTITUCIÓN, acuerdan la suscripción del presente CONVENIO DE COLABORACIÓN INSTITUCIONAL en cumplimiento del art.4º de la Ley Nº3079/72 y del art.4º del decreto Reglamentario Nº4800n2 estableciendo las siguientes cláusulas y condiciones.
PRIMERA: El objeto de este Convenio es, entre otros, fomentar la cooperación y complementación entre las partes, coordinando e integrando iniciativas de sus respectivas competencias institucionales que contribuyen al fortalecimiento de la gestión Provincia/Municipio.
SEGUNDA: LA PROVINCIA, a través de MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se hace cargo del proyecto, financiamiento, contratación y ejecución de la OBRA:"COSTANERA DE GOYAREMODELACION Y PUESTA EN VALOR DEL PASEO COSTERO Y PLAZA ITALIA" Ubicación: Goya Provincia de Corrientes, según memoria descriptiva, presupuesto, pliegos de especificaciones técnicas particulares, presupuesto, planos y demás documentaciones técnicas y legales, aprobado por Resolución Ministerial Nº2.290 de fecha 28 de noviembre de 2024, obrante en expediente administrativo Nº140-03502 -2024, prestando EL MUNICIPIO su conformidad al proyecto y su expresa autorización para la intervención por parte de LA PROVINCIA a través de dicha Obra, la cual será financiada con fondos del MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, quedando EL MUNICIPIO deslindado de toda responsabilidad emergente por la Contratación y Ejecución de dicha obra.
TERCERA: Ambas partes se comprometen a participar en forma conjunta en la gestión tendiente a la realización de la OBRA referida en la cláusula anterior, para lo cual EL MUNICIPIO autoriza expresamente a que LA PROVINCIA ocupe los espacios públicos de su jurisdicción comprometiéndose a facilitar su disponibilidad por LA PROVINCIA y por la empresa que resulte adjudicataria para la ejecución de la Obra indicada. Igualmente, EL MUNICIPIO se compromete a disponer a favor de LA PROVINCIA de los inmuebles que resultaren necesarios para la ejecución de la obra. Para todo ello EL MUNICIPIO se compromete a remover todo obstáculo administrativo y legal que pudiera entorpecer el normal curso de la obra en el plazo proyectado. Todo ello en cumplimiento del art.4º de la Ley Nº3079n2 y art.4º de su Decreto Reglamentario Nº4800/72.-
CUARTA: La ejecución de la Obra mencionada precedentemente dará comienzo una vez finalizado los trámites licitatorios correspondientes y que la misma sea adjudicada a la Empresa Contratista seleccionada, quien se encargará de la ejecución de los trabajos de la referida Obra, para lo cual EL MUNICIPIO se compromete a homologar el presente Convenio por Resolución Municipal u Ordenanza de su Honorable Consejo Deliberante, lo que correspondiere según su Carta Orgánica, y tener resuelta la libre disponibilidad de los espacios públicos y/o privados en donde se ejecutarán las obras.
QUINTA: El proyecto, inspección, supervisión y seguimiento de la Obra antes indicada, estará a cargo del personal designado oportunamente por LA PROVINCIA.
SEXTA: A todos los efectos legales que pudieran corresponder, las partes constituyen domicilio legal en los consignados "ut supra", donde tendrán validez toda notificación o citación judicial, y para cualquier cuestión que pudiera suscitarse con motivo de la interpretación del presente convenio.
SEPTIMA: Las partes de este Convenio acuerdan que cualquier controversia que pudiera derivarse de la interpretación y ejecución del mismo será sometida a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Corrientes, renunciando de forma expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción, inclusive el federal, constituyendo domicilio legal en las direcciones indicadas precedentemente.
En prueba de conformidad ambas partes firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los doce días del mes de diciembre del año 2024, recibiendo cada parte su ejemplar respectivo, siendo el mismo agregado a las actuaciones.
