ORDENANZA Nº 2.268

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE 11 DE ABRIL DE 2025

 

V I S T O: 

El expediente. Nº 3.375/24 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza "AUTORIZANDO ESCRITURA TRASLATIVA DE DOMINIO A LA SEÑORA LUDMILA VIVIANA GOMEZ". Y; 

 

C O N S I D E R A N D O:

El Expediente Administrativo 2976/24 del Departamento Ejecutivo Municipal; al que se caratula con el N° 3375 en el Honorable Concejo Deliberante.

Que a fs. 2 (7 del HCD), se presenta la Escribana Publica Nacional MARIA LIZA PIASENTINI DE GALVALIZ a requerimiento de la Señorita Ludmila Viviana Gomez, solicitando escrituración del inmueble oportunamente adquirido por su madre Mariana Alejandra Zapata, que a la fecha ha fallecido.

 Que a fs. 6 (9 del HCD), se adjunta copia del contrato Boleto de Compraventa entre la Municipalidad de Goya y la Sra. Mariana Alejandra Zapata de fecha 13/02/1.998, el cual regula las relaciones entre los mismos respecto a lo dispuesto por Ordenanza Municipal 873/97 del Honorable Concejo Deliberante, Promulgada por Resolución Municipal 4.213/97. 

Que a fs. 14 (18 del HCD), se adjunta Acta de Defunción N° 768, Tomo N° 271 Ley 1878, Folio N° 171, Año 2018

Que a fs. 15 (19 del HCD), se adjunta Acta de Nacimiento N° 1242, Tomo 78 ley 1878, Folio 45 vta, Año 2000, la que acredita el vínculo entre la Señora Mariana Alejandra Zapata y la Señorita Ludmila Viviana Gomez.

Que a fs 16 (20 del HCD), se adjunta declaratoria de herederos N° 140 de fecha 10 de abril de 2024, en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de doña Mariana Alejandra Zapata, DNI N° 23.933.121, es su heredera Ludmila Viviana Gomez, DNI N° 43.108.648, en el carácter de hija de la causante.

Se deja constancia de que el Lote N° 18 de la manzana N° 54 del plano oficial de nuestra ciudad, con una superficie total de 272,05Mts2, de acuerdo al Duplicado de Mensura N 3.666-N, inscripta en el Registro de Propiedad Inmueble en el Libro Diario N° 2.868, Matricula N° 14.175, Departamento Goya (E.M.E) en fecha 06 de Marzo de 1996; en la Dirección General de Catastro de la Provincia de Corrientes bajo Adrema N° I1-20.768-1 y en Catastro Municipal Tomo 60, Folio 25.472 (e.m.e) año 1983. 

La Municipalidad, según cláusula del contrato mencionado, se compromete a adjudicar y ceder a la suscripta.

Que en lo que respecta al marco normativo a tener en cuenta para atender la requisitoria efectuada, aparecen como aplicables, la Ordenanza Municipal Nº: 723/96 y su modificatoria, Ordenanza Nº: 1602/12 y Ordenanza N° 1.822/15 art. 2

Que la primera norma aludida, establece un Plan de Regularización de Terrenos de Dominio Municipal disponiendo un sistema de Venta Directa de Inmuebles de Dominio Privado Municipal que regirá para aquellos que se encuentren ocupándolos a la fecha de su promulgación y hayan construido en ellos sus respectivas viviendas. No podrá venderse a un mismo solicitante más de un lote y la superficie de éste, deberá ajustarse a la normativa Municipal en materia de fraccionamiento de la planta urbana y no ser Superior a los 300 metros cuadrados.

A su turno, el Art. 6 dispone que: El Departamento Ejecutivo Municipal elevará al Honorable Concejo Deliberante mediante Proyecto de Ordenanza Municipal cada Sesenta Días (60) la lista de los adjudicatarios para su sanción.

Que se han cumplido todos los requisitos estipulados en el Art. 7 de la Ordenanza rectora, cuya información se eleva con la presente.

Que no se han formulado oposiciones de terceros, por lo que se encuentra en condiciones de que se prosiga el trámite de escrituración del inmueble mencionado.

Que respecto a todos los gastos que demande el trámite para la escrituración del inmueble, su inscripción y demás requisitos legales, correrán por cuenta exclusiva de la compradora, es decir la Sra. Ludmila Viviana Gomez, DNI N° 43.108.648.

Que la presente Ordenanza se dicta en uso de las atribuciones concedidas por las Ordenanzas Nº: 723/96 y Nº: 1602/12.

Por todo ello.

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A:

 

ARTÍCULO 1°: AUTORIZAR la ESCRITURA TRASLATIVA DE DOMINIO, del Lote N° 18 de la manzana N° 54 del plano oficial de nuestra ciudad, con una superficie total de 272,05Mts2, de acuerdo al Duplicado de Mensura N 3.666-N, inscripta en el Registro de Propiedad Inmueble en el Libro Diario N° 2.868, Matricula N° 14.175, Departamento Goya (E.M.E) en fecha 06 de Marzo de 1996; en la Dirección General de Catastro de la Provincia de Corrientes bajo Adrema N° I1-20.768-1 y en Catastro Municipal Tomo 60, Folio 25.472 (e.m.e) año 1983.

ARTÍCULO 2°: AUTORIZAR al Señor Intendente Municipal y al Secretario de Gobierno a firmar la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio.

ARTÍCULO 3°: LOS gastos y honorarios que dicha Escritura demande serán a exclusivo cargo de la adjudicataria, incluyendo la mensura correspondiente.

ARTÍCULO 4: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los nueve días del mes de abril de dos mil veinticinco.

n.r.

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