PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 13 DE MARZO DE 1987
Visto:
Las disposiciones contenidas en la Ley Provincial Nº 4109/86 sobre el desarrollo de las actividades Mutuales en todo el ámbito de la Provincia de Corrientes y la invitación a los distintos Municipios a adherirse a la misma, y;
Considerando:
Que la Ley antes citada, cubre un vacío legislativo distando las normas que hacen a la existencia, funcionamiento y desarrollo de las actividades mutualistas.
Que la adhesión de la Municipalidad de Goya a dicha Ley va a permitir que las Mutuales del medio puedan gozar de los importantes beneficios que la misma brinda, beneficios que, por otra parte, contribuirán al desarrollo y vigencia de los principios mutualistas en la comunidad, todo lo cual debe ser apoyado y estimulado por este Honorable Concejo Deliberante.
Por todo ello:
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Adherir en todos sus términos, a la Ley Provincial Nº 4109/86 sobre actividades Mutuales.
Art. 2 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 10 días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y siete.