ORDENANZA Nº 1.653

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 19/12/2012


V I S T O:
El expediente Nº 1.965/12 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “NOMINACIÓN DE CALLES DEL “BARRIO BICENTENARIO” DE LA CIUDAD DE GOYA”. Y;

 


C O N S I D E R A N D O:

 

La Carta Orgánica Municipal Artículos, 47, 49 y 78 la Ordenanza N° 889 y la necesidad de dar nominación oficial a las calles del Barrio Bicentenario de nuestra ciudad,  las calles que corren de norte a sur y de este a oeste.

 

Que es atribución de este Concejo Deliberante la imposición de nombres de calles, según lo especifica la Carta Orgánica Municipal -  Capitulo V Artículo 47.
Que es deber de este Concejo deliberante establecer el ordenamiento vehicular (Articulo 78, inc 35 y Articulo 49, inc. 2 de la C.O.M.).

 

Que corresponde la nominación oficial para facilitar la ubicación y normalización de sectores de nuestra ciudad.

 

Que la Ordenanza N° 889/97 establece la Regularización de Numeración y Nomenclaturas de calles y/o avenidas de la ciudad por lo que es necesario continuar con su aplicación para contar con la identificación precisa del domicilio de los vecinos.

 

Que es importante designar con nombres y una correcta numeración  las calles y avenidas de la ciudad para optimizar el servicio que brindan distintas entidades (Empresas Postales, Juzgados, Registro Civil, etc.) para localizar los domicilios de los vecinos.

 

Que la Planta Urbana se incrementó hacia el sector norte de la ciudad con la incorporación de complejos habitacionales (nuevos Barrios), que carecen de una nomenclatura de las calles ubicadas en los mismos.

 

Que estas calles por aplicación de la Ordenanza Nº 889/97 le corresponden nombres y numeración.

 

Que de acuerdo a la Ordenanza 889/97 se forman ejes divisorios dentro de la Planta Urbana que comprenden  a las avenidas estableciendo distintas zonas, las que se mantienen en toda su extensión y dan origen al nombre de calles y avenidas como así también a la numeración, teniendo en cuenta que los números Pares se ubican a la derecha y los números Impares a la izquierda.

 

Que la Comisión vecinal de este Barrio requiere que se designen con sus correspondientes nombres a las calles de su barrio (se adjunta nota presentada por los vecinos del barrio).

 

Que con motivo de la solicitud de los vecinos y comisión del Barrio  BICENTENARIO de nuestra ciudad es importante que este Concejo Deliberante designe con nombres de Mujeres  importantes en la Historia, Cultura, Educación, Salud de Latinoamérica, el País, La Provincia, y nuestra ciudad.

 

Que los nombres propuestos surgen de acuerdo a un listado oportunamente solicitado a la Profesora María Margarita Fogantini, del cual los vecinos eligieron los nombres.
Que a solicitud de vecinos del barrio mencionado la designación de nombres correspondería a los siguientes nombres:

 

- Norte – Sur:
* “CAUTIVAS CORRENTINAS”: grupo de señoras correntinas, esposas de oficiales del ejército argentino, que fueron tomadas prisioneras por el ejército paraguayo y llevadas cautivas al país vecino.
* “ELISA SÁNCHEZ GROSE”: docente, periodista, alma mater del Hogar Rural del Goya.
* “MARTA ELGUL DE PARIS”: nació en Lavalle, goyana por adopción, docente, escritora. Fundadora de SADE filial Goya.
* “Prof. NUBIA MENDÍAZ”: docente, escritora, impulsora de la educación en Goya.
* “Dra. SOFÍA PALMA”: primera mujer oculista en la ciudad de Goya.

 

///Corresponde a la Ordenanza Nº 1.653

 


- Este – Oeste:
* “ALFONSINA STORNI”: maestra, poeta y escritora del Modernismo Argentino.
* “JUANA AZURDUY”: la más grande heroína de nuestra independencia.
* “MARIQUITA SÁNCHEZ”: una de las mujeres más famosas de la Historia Nacional. En su casa se tocó y cantó por primera vez el Himno. Símbolo de la mujer argentina por la brillantez de su desempeño y la franqueza de sus actitudes.
                               
Que los nombres propuestos significan una clara demostración y reconocimiento al conjunto de  mujeres que aportaron desde sus conocimientos y trabajos en la historia de nuestro país y la región.

 

Por ello.

 


LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 

O R D E N A:

 


ARTICULO 1º: NOMINAR  con los siguientes nombres a las calles del Barrio Bicentenario de la ciudad de Goya, sentido Este – Oeste (y viceversa):
- ALFONSINA STORNI: a la calle ubicada entre las manzanas. “A” – “B” y limite Norte.
- JUANA AZURDUY: a la calle ubicada entre las manzanas, “A” – “B” (al norte) y manzanas “F” – “E” – “D” y “C” (al sur).
- MARIQUITA SÁNCHEZ: a la calle ubicada entre las manzanas, “F” – “E” – “D” (al norte) y Predio Massalin Particulares al Sur.-

 


ARTICULO 2º: DESIGNAR a las calles del Barrio Bicentenario de la ciudad de Goya sentido Norte – Sur (y viceversa) con los siguientes nombres: 
- CAUTIVAS CORRENTINAS: a la calle ubicada entre las manzanas,  “A” y “F” (al este) y Plaza del barrio (al oeste).
- ELISA SÁNCHEZ GROSSE: a la calle ubicada entre las manzanas, “F” (al oeste) y “E” (al este).
- MARTA ELGUL DE PARIS: a la calle ubicada entre las manzanas, “E” – “A” (al oeste) y “D” – “B” (al este).
- Prof. NUBIA MENDÍAZ: a la calle ubicada entre las manzanas, “D” (al oeste) y “C” (al este).
- Dra. SOFÍA PALMA: a la calle ubicada entre las manzanas, “C” – “B” (al oeste) y limite este.-

 


ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá a través de la Secretaría de Planeamiento incorporar estas calles en la nomenclatura de la Planta Urbana de la Ciudad Goya.-

 


ARTICULO 4º: El Departamento Ejecutivo Municipal por medio de Inspección General procederá a la señalización correspondiente en las arterias mencionadas en los Artículos 1° y 2° de la presente.-

 


ARTICULO 5º: El Departamento Ejecutivo Municipal establecerá fecha del acto de imposición de nombres a estas calles de nuestra ciudad.-

 


ARTICULO 6º: El Departamento Ejecutivo Municipal solicitará al Registro Provincial de las Personas Delegación Goya a efectuar una campaña para realizar los cambios de domicilio a los vecinos que vivan en las calles nominadas en los Artículos 1º y 2º de esta Ordenanza.-

///Corresponde a la Ordenanza Nº 1.653

ARTICULO 7°: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá informar fehacientemente a las Cámaras y Juzgados locales, Correos, Empresas Postales, Registro Provincial de las Personas, Dirección Provincial de Energía, Aguas de Corrientes, Telecom, Telefónica, Goya Visión, Policía de la Provincia de Corrientes, Policía Federal Argentina, Prefectura , Bomberos, Ejército Argentino, etc.-
ARTICULO 8º: COMUNIQUESE al Depart4amento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-

 

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintiocho días del mes de Noviembre de dos mil doce.-

 

 

Dr. Gerardo Luis  Urquijo
Secretario

 

 

 

 


        

 


Prof. Osvaldo Ramón Fleitas
Vice Presidente 1º
a/c Presidencia

 

 

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